14 de septiembre de 2009

Conociendo la vida urbana colonial , por medio de las actas de cabildo.


Conozcamos la vida urbana colonial a través de las Actas del Cabildo de Santiago (1558-1814). Una propuesta de trabajo

Introducción

Una de las fuentes más importantes de la vida urbana de la ciudad de Santiago de Chile son las Actas del Cabildo, institución hispana que sesionó durante el período colonial. Aquí entregamos abundante material documental que se ha transcrito literalmente, y al que se le adjunta una referencia de la sesión y los datos de su publicación. Los invitamos a la aventura de ser investigadores de nuestro pasado histórico conociendo la forma de vida de los habitantes del Santiago colonial.

Las Actas del Cabildo de Santiago están contenidas en la Colección de Historiadores de Chile y de Documentos Relativos a la Historia Nacional, magnífica obra iniciada por Juan Pablo Urzúa, hacia 1861, y que continuó el historiador José Toribio Medina. Las Actas recogen los problemas que debieron enfrentar los cabildantes, y que tienen relación con los aspectos cotidianos de la vida en la ciudad, desde 1541 hasta 1814, esta última fecha casi a las puertas de la independencia nacional.

En esta valiosa fuente de información de valor documental es posible observar distintas características de la institución del Cabildo, así como de su evolución. La distribución de la información contenida en estas fuentes no es lineal ni homogénea debido a que a través de los años la presencia del Estado monárquico se torna poderosa y opaca las atribuciones del Cabildo, el que tuvo importantes grados de autonomía en lo relativo a la vida de su comunidad. Esto se observa en la autonomía y capacidad de gestión del Cabildo durante los siglos XVI y XVII. Pero, entrado el siglo XVIII, esta verdadera sociedad vecinal se concentra en el desarrollo urbano y cívico de la ciudad. Su sentido comunal, más propio de un villorrio colonial, es abandonado a fuerza del crecimiento y de cambios en la sociedad. El Chile de la conquista dio paso a una sociedad multiétnica (de muchas etnias y el consecuente mestizaje) y policultural (mezcla de diversas culturas, como la indígena y la hispana) de gran complejidad, y este estado de cosas se trasluce en la diversidad de asuntos que debe dirimir el Cabildo.

Respecto de la evolución de la ciudad de Santiago, las Actas del Cabildo muestran su permanente dificultad en encontrar los recursos para emprender sus mejoras, mantener el aseo y la salud pública, así como su reconstrucción después de sismos destructivos. A pesar de ser una entidad que defiende los intereses de la elite hispano-criolla, el tamaño y complejidad de sus necesidades la muestran como una institución de pocos recursos, que requiere de una lenta planificación para la realización de sus proyectos, pero preocupados por el bienestar y el progreso de la comunidad.

Una propuesta de trabajo

Nuestro propósito es entregarle esta auténtica batería de información documental con el fin de que Ud. organice un dossier de información que le permita alcanzar el objetivo de lograr el aprendizaje empático de la vida cotidiana colonial, así como una comprensión cabal de la institucionalidad del período y de cómo esta incidió en la vida de las personas. Otro objetivo transversal es la capacidad de trabajar en la lectura, análisis y comprensión de fuentes documentales, reconociendo su valor histórico y patrimonial.

En primera instancia, es recomendable que Ud. seleccione un segmento de información representativa para que sus estudiantes trabajen. No es recomendable que le entregue todo el dossier a sus estudiantes, ya que esto contribuirá a desorientarlos por lo extenso de la información.

Respecto de las características de la información debemos agregar que esta es una selección de sesiones del Cabildo de Santiago, cuya transcripción conserva conceptos originales y formas de escribir del castellano antiguo. Este archivo de fuentes coloniales le permitirá hacer una selección personal del material con el que Ud. quiera trabajar, de acuerdo a tópicos que puede seguir. Aquí le sugerimos los siguientes ejes:

- Vida cotidiana.
- Atribuciones del Cabildo colonial.
- Urbanización y crecimiento de la ciudad colonial.
- Salud pública durante la colonia.
- Impuestos coloniales.
- Celebraciones públicas.
- Responsabilidades de los cabildantes y cargos públicos.
- Comercio colonial.
- Pobreza y forma de vida del “bajo pueblo”.
- Delincuencia en la colonia.
- Características de la vida urbana colonial.
- El problema de la obtención y suministro de agua potable para la ciudad.
- Alimentación durante la colonia.
- El trato a los indígenas.
- Creencias y mentalidad colonial.

Además, puede sugerir otros tópicos de trabajo, los que pueden ser profundizados a través de la lectura de este material. Le sugerimos que, en todo caso, realice la selección previa del material, acotada cronológicamente, y atendiendo a la disponibilidad de tiempo para organizar el trabajo en el aula. Otra modalidad de trabajo, que promueve el esfuerzo colaborativo, es el trabajo grupal. Sugerimos que organice grupos de trabajos, y que sus estudiantes elijan libremente los tópicos o ejes temáticos de su interés.

Un ejemplo:

Tópico: Aseo público y limpieza de acequias.

Selección: Cabildo de 6 de mayo de 1637

“Que se limpie una acequia.- Habiendo tratado muchas cosas del pro de esta ciudad, acordaron que se le notifique al alcalde de aguas haga limpiar la acequia que va al convento del señor Santo Domingo y que se limpien todas las acequias de la ciudad abajo...”

Observaciones y conclusiones: El Cabildo puso especial énfasis en la limpieza de las acequias que cruzaban la ciudad para evitar inundaciones y enfermedades, ya que también ellas retiraban las aguas servidas de la ciudad.

Descripciones de la ciudad colonial

Para matizar el trabajo de fuentes también puede ayudarse con descripciones de Santiago antiguo hechas por cronistas y viajeros. Una visión literaria de la ciudad colonial de Santiago, construida quizás por las noticias que desde ella llegaban a Lima, hecha por el padre Antonio Vásquez de Espinosa, nos muestra un esbozo de su rostro y caracteres sociales en formación:

"La ciudad de Santiago de Chile fundó, y pobló el gobernador Pedro de Valdivia a 24 de año de 1541, que fue la primera del reino, corte, y cabeza de él, la cual está en un llano de la ribera del río Mapocho, 18 leguas del puerto de Valparaíso, y cinco de la Cordillera Nevada, que tiene al oriente, por esta parte tiene un cerro llamado de Santa Lucía que le hace algún abrigo, en 33 grados antárticos. La ciudad está sujeta a inundaciones, cuando viene el río de avenida, aunque se le ha hecho algún reparo de estacas y terraplenes, coge sitio de una muy populosa ciudad, porque todas las casas tienen grandes sitios con huertas y jardines dentro de ellas. El año de 1614 tenía catorce cuadras de largo este oeste por la ribera del río, seis de ancho norte sur, siempre se ha ido edificando, tenía en el referido año de 1614, 346 casas, las 285, de muy buen edificio con sus huertas, y jardines con todas las frutas de España, por excelencia buenas, valdrían estas casas unas con otras 4.000 pesos. Las 61 restantes de poco precio; algunas de ellas cubiertas de icho, o paja, había 44 tiendas de mercaderes y pulperías".

La ciudad, con trazo en damero, ya había dejado su faz de campamento militar que daba paso apretadamente a la vida entre apuros por comestibles y constantes reyertas con los grupos indígenas, para convertirse en un pujante poblado, con amplias huertas que eran cruzadas por acequias extraídas del Mapocho. Así la vida fue sensiblemente menos dura que en aquellos años de la conquista, espacio colonial socialmente configurado donde:

"Vivían en las casas referidas 306 hombres casados, y 230 solteros, al presente se ha extendido más la ciudad y se van labrando casas: de la otra parte del río, que llaman La Chimba, hay un arrabal con muchas chacras, o jardines, donde hay olivares, viñas, melocotones, duraznos, membrillos, granadas, peras, manzanas camuesas, albaricoques, ciruelas, guindas, higos, muy buenos melones, y frutillas de Chile que son grandes fresas".

Entrado el siglo XVII, la ciudad contaba con una Plaza Mayor (actual Plaza de Armas) es donde se centraba toda la actividad comercial, el abasto de productos agrícolas y artesanales de manos indígenas; la Real Audiencia que constituía el más alto tribunal de justicia y otras instituciones:

"Hay en la ciudad de Santiago Iglesia Catedral, con obispado, y nueve prebendados que la asistan, y sirven, y 35 clérigos con los doctrineros, que acudían a decir misa a las chacras y haciendas. Hay demás de la Matriz dos iglesias parroquiales, que son la de San Lázaro, y San Saturnino: cinco conventos, Santo Domingo tenía 70 religiosos, con una renta, una chacra, viña, y una estancia con 6 negros para el beneficio de ella. San Francisco tenía 40 religiosos. San Agustín 30, tenía chacra, y viña con 6 negros para el servicio y beneficio de ella. La Merced 40 religiosos, con alguna renta, chacra, viña y estancia y ganado. La Compañía tenía poco más de 30 religiosos, con alguna renta, viña, chacra, y estancia con 20 negros para el servicio y beneficio de las haciendas, en este estado estaban las cosas de la ciudad de Santiago de Chile en 1614". .

La Iglesia se constituía como un brazo dinamizador de la sociedad, además de opresor de economías, voluntades y conciencias. Cómo no, si el territorio era el espacio ideal de una activa cruzada, donde los indígenas no solo eran un campo fértil sino también cientos de mestizos y españoles pobres hacia quienes las acciones del gobierno eran intangibles.

"Tiene la ciudad de Santiago un hospital para curar los pobres enfermos, donde pone el gobernador un mayordomo, para que administre los bienes del dicho hospital, para la cura, y regalo de los pobres enfermos, tiene la renta de 700 pesos de a ocho reales, y otros 700 del medio por ciento, que se le da del noveno; demás de lo referido, tiene molino de pan, chacra, y estancia de ganados; ya han entrado en él para el servicio y cura de los pobres los religiosos de Joan de Dios".

No parece al azar, por otra parte, que el Cabildo de Santiago haya sido el reducto donde se centrara la actividad revolucionaria de 1810, y que este funcionara efectivamente durante el período llamado Patria Vieja ( 1810-1814 ). El Cabildo se conformó, con el paso de los siglos, de una expresión comunitaria de propietarios con preeminencia social en una institución que expresaba a la sociedad criolla más acaudalada, que entrelazaba sus relaciones sociales entre la Iglesia, el ejercito y los círculos intelectuales.

Le sugerimos otras referencias del Santiago hispano colonial en:

Bibar, Jerónimo. 1979. Crónica y Relación Copiosa y Verdadera de los Reinos de Chile, edición de Leopoldo Sarez - Godoy, Colloquium Verlag Berlín, [1558].

Carvallo y Goyeneche. 1885-86. Vicente. Descripción Histórico-Geográfica del Reino de Chile, Colección de Historiadores de Chile y Documentos Inéditos para la Historia Nacional. Vols.VII-VIII. Imprenta El Mercurio.

Frezier, Ms. 1902. Relación del Viaje por el Mar del sur a las Costas de Chile i el Perú Durante los Años de 1712, 1713 i 1714 por M.s. Frezier Injeniero Ordinario del Rey. Traducido por Nicolás Peña de la primera edición francesa de 1716. Imprenta Mejía. Santiago.

Gómez de Vidaurre, Felipe. 1889. Historia Geográfica, Natural y Civil del Reino de Chile, Colección de historiadores de Chile y Documentos Inéditos para la Historia Nacional vol. XIV. Imprenta Elzeviriana.

Graham,María. 1965. Diario de su Residencia en Chile (1822) y de su viaje al Brasil (1823). San Martín, Cochrane, O´Higgins Prólogo de Juan Concha. Traducción de José Valenzuela. Biblioteca Ayacucho. Editorial América, Madrid, 1965.

Rosales , J. Abel. 1888. Historia y Tradiciones del Puente de Cal y Canto. Ilustraciones de J. M. Blanco. Manuel A. Mujica Editor. Imprenta Estrella de Chile. Santiago.

Ocaña, Diego de. 1995. Viaje a Chile. Relación del Viaje a Chile, año de 1600, Contenida en la Crónica de Viaje Intitulada "A Través de la América del sur".[1600] Prólogo de Lorena Loyola Goich. Introducción y Notas de Eugenio Pereira Salas. Editorial Universitaria. Santiago.

Ovalle, Alonso. 1961. Histórica Relación del Reino de Chile [1646]. Antología y Prólogo de Raúl Silva Castro. Biblioteca Cultura Editorial Zigzag. Santiago, Chile.

Lafond de Lurcy, Gabriel. 1970. Viaje a Chile. Traducido de la Edición francesa de 1853 por Federico Gana. Nota preliminar de Eugenio Pereira S. Colección Testimonios. Editorial Universitaria.

Ruscherberg S. W., Williams , Noticias de Chile (1831-1832), Por un Oficial de Marina de los Estados Unidos". extraído de Three Years in the Pacific; Including of Brazil, Chile, Bolivia and Perú. By an Officer of the United States Navy. [1834]. Traducida e ilustrada por Eduardo Hillman Haviland. Colección Viajeros de Antaño. Editorial del Pacífico. Santiago, 1956.

También le sugerimos elaborar junto a sus estudiantes un glosario con los términos que pueden ser problemáticos, principalmente aquellos que tienen relación con la fiscalidad colonial (sisa, derrama,,etc.). Si tiene dudas respecto de la institucionalidad del Cabildo, le sugerimos la lectura de la obra El Cabildo en Chile Colonial de Julio Alemparte, editorial Andrés Bello, 1966.


Selección de las Actas del Cabildo

CABILDO DE 18 DE FEBRERO DE 1558

Sobre que los que tengan solares sin cercarlos los cerquen, so pena de darse vacos.- Que se pregonen [que] los que tuvieren solares por cercar en la ciudad, que centro de seis meses los cerquen so pena que les tendrán perdidos é se darán a las personas que los pidieren, como cosa vaca; y lo firmaron de sus nombres.
(Colección de Historiadores de Chile y Documentos Relativos a la Historia Nacional 1898. Tomo. XVII. Actas del Cabildo, vol. II, pág. 3. Imprenta Elzeviriana, Santiago).

CABILDO DE 19 DE AGOSTO DE 1558

Se nombra á Pedro Martín para Guardia de Campo y Almotacén de esta ciudad.- este día nombraron á Pedro Martín para que sea Guardia de Campo y Almotacén de esta ciudad, y que tenga cuenta con las acequias del pueblo y aguas de las chacras; y que los del dicho Cabildo le señalen alguna comida para ello. E que se le apliquen al dicho Pedro Martín la mitad de la pena que pertenece al Consejo de lo que él denunciare y prendare.
(Colección de Historiadores de Chile y Documentos Relativos a la Historia Nacional, 1898. Tomo XVII, Actas del Cabildo, vol. II, pág. 41. Imprenta Elzeviriana. Santiago).

CABILDO DE 28 DE JULIO DE 1559

Real Cédula para que á los vecinos conquistadores no se les pueda embargar ni ejecutar por deudas sus armas, caballos, esclavos, camas, etc.
(Colección de Historiadores de Chile y Documentos Relativos a la Historia Nacional, 1898. Tomo XVII, Actas del Cabildo, vol. II, pág. 79, Imprenta Elzeviriana, Santiago).

CABILDO DE 11 DE AGOSTO DE 1559

En confirmación y aprobación de los solares que se dan para que no se siembren de chacras y viñas.- Platicase en este Cabildo de este día que por cuanto hay ordenanza para el buen gobierno de ella, que los solares que se dan en el sitio de esta ciudad, los plantan de viñas y siembran chácaras en ellos, y hacen corrales de cabras y puercos, no los pudiendo hacer, porque son obligados á residir cuatro años y edificar casas de su morada, y muchas personas, en concediéndoles, luego las venden y siembran, de que se sigue daño y perjuicio, y la ciudad no se puebla, y es gran desorden y desautoriza la ciudad; por tanto, que mandaban y mandaron que de aquí adelante los que lo han hecho hasta aquí se tomarán por perdidos, conforme á la ordenanza que sobre ello hay, todo lo que se hallare de la manera que esta dicho, y los que de aquí adelante se hicieren, ni más ni menos, y allende de esto incurran en pena de cincuenta pesos de buen oro para los propios de esta ciudad...
(Colección de Historiadores de Chile y Documentos Relativos a la Historia Nacional. 1898. Tomo. XVII. Actas del Cabildo, vol. II, págs. 86-87, Imprenta Elzeviriana. Santiago).

CABILDO DE 18 DE AGOSTO DE 1559

Que todo el que corte madera en el monte de esta ciudad deje en el árbol perdón y horca, bajo de pena.- En este Cabildo se platicó que, por cuanto hay ordenanza antigua muy conveniente para el bien de esta ciudad, de que todos los que cortaren madera en el monte de los términos de esta ciudad de propios de ella, sean obligados en la madera que cortaren para quemar, ó para otra cosa, á dejar en el árbol que cortaren, horca y perdón, y no lo hacen, porque cortan el árbol hasta el nacimiento, de que es muy gran daño y perjuicio, porque en breve tiempo se acabarían los montes; por tanto, que mandaban y mandaron que de aquí adelante los que cortaren madera dejen, como está dicho, horca y perdón en el árbol que cortaren, so pena que al que se le encontrare, si fuere yanacona, pierde el hacha y se la tome el alguacil, la cual se aplica para él, y le sean dados cincuenta azotes; y si fuere español, incurra en pena de cuatrocientos pesos, la mitad para el alguacil y la otra mitad para los propios de esta ciudad, para lo cual el dicho alguacil que prendas, y se mandó pregonar públicamente.
(Colección de Historiadores de Chile y Documentos Relativos a la Historia Nacional. 1898. Tomo. XVII,. Actas del Cabildo, vol. II, pág. 88. Imprenta Elzeviriana. Santiago).

CABILDO DE 18 DE AGOSTO DE 1559

Prohibición y Pena para que nadie rompa el tajamar en las tomas de agua, ni las acequias.- Este día, los dichos señores de Justicia é regimiento dijeron que porque está mandado por ordenanza que cualesquier persona que rompiere el tajamar en las tomas de el agua o acequia, incurra en pena de diez pesos de oro, la cual, por lo que mandaban que se cumpla lo que está mandado sobre ello en cuanto al que rompieren el tajamar; más, si fuere romper acequia, incurra en pena de diez pesos de oro, y si fuere indio que lo hiciese de su autoridad, le den azotes públicamente, y que el alguacil saque prendas por ello...
(Colección de Historiadores de Chile y Documentos Relativos a la Historia Nacional. 1898. Tomo. XVII. Actas del Cabildo, vol. II, pág. 89, Imprenta Elzeviriana. Santiago, Chile).

CABILDO DE 27 DE FEBRERO DE 1568

Licencia a Martín Estévez para hacer un corral para cabras.- Este día en este dicho Cabildo dieron licencia á Martín Estévez para que haga un corral para sus cabras, frontero de su solar, en el cascajal, junto al de Juan Cuadrado, con que sea sin perjuicio y con que lo tenga limpio y bien tratado.
(Colección de Historiadores de Chile y Documentos Relativos a la Historia Nacional, 1898. Tomo. XVII. Actas del Cabildo vol. II, pág. 208, Imprenta Elzeviriana. Santiago).





CABILDO DE 27 DE AGOSTO DE 1568

Licencia á Pedro de Llanos para hacer un corral...Pedro de Llanos, maestro, para que haga el corral que quiere en el solar que se pide junto al de Martín Estévez en el cascajal del río, con tanto que no se entienda atribuirle posesión ni propiedad...
(Colección de Historiadores de Chile y Documentos Relativos a la Historia Nacional, 1898, vol. XVII. Actas del Cabildo vol. II, pág. 245. Imprenta Elzeviriana, Santiago).

CABILDO DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 1559

Que se guarde la ordenanza sobre cercar los solares.- Platicóse que por cuanto está por ordenanza mandado que ninguna persona que tenga solar, que este Cabildo le haya hecho merced de él, lo tenga por cercar dentro del término que es obligado, ni enagenalo ni plantalo de viña ni fruta, é muchos hay que exceden de ello, por tanto, que mandaban de aquí adelante se guarde y cumpla so pena que están puestas...
(Ordenanza de cercar los solares. Sesión de 1 de Septiembre de 1559).
(Colección de Historiadores de Chile y Documentos Relativos a la Historia Nacional, 1898, Tomo. XVII, Actas del Cabildo, vol. II, pág. 97. Imprenta Elzeviriana, Santiago).

CABILDO DE 14 DE JUNIO DE 1566

Petición de Juan Lezana sobre sus trabajos en la obra de la Iglesia.- En este Cabildo pareció Juan de Lezana, maestro mayor de la obra de la Iglesia mayor de esta ciudad, é pidió prorrogación para acabar de hacer la obra de cantería que tiene á su cargo, porque dejó que por no pagarle los tercios de su salario y por no darle materiales bastantes no ha fecho la obra que hubiera hecho si le hubieran acudido con lo que dicho tiene...
(C.H.CH., 1898. Tomo XVII, Actas del Cabildo, vol II, pág. 106).

CABILDO DE 28 DE MAYO DE 1568

Que marcos Griego y Azcuy declaren lo que podrá costar la enmaderacion de la obra de la iglesia.- Este dicho día, en este dicho Cabildo, los señores que en él están, acordaron que los carpinteros de esta ciudad, que son Marcos Griego, y Azcuy, declaren lo que podrá costar la maderación y manos para hacer la obra é carpintería de la Santa Iglesia de esta ciudad, conforme á una traza que el mayordomo de la dicha Santa Iglesia trajo y hoy mostró en este Cabildo...
(C.H.CH. 1898. Tomo XVII. Actas del Cabildo, vol II, pág. 226).
CABILDO DE 2 DE JULIO DE 1568

Que se le dé un mandamiento a Pero Martín Alguacil, para que desembarace la plaza de la Merced.- Este dicho día, en este dicho Cabildo, se acordó que se le dé un mandamiento formado de todo el Cabildo á Pero Martín Alguacil, para que vaya á la plaza que está frontero de la Merced, y la desembarace de todos los bouhíos que tiene la dicha plaza y demás cosas y embarazos que en ella hay, para que quede libre y desembarazada toda... El Cabildo comicionó al alguacil Pero Martín para que quite los bohíos cercanos a la Plaza de la Merced. Sesión de 2 de julio de 1568.
(C.H.CH. 1898. Tomo XVII, Actas del Cabildo, vol. II, pág. 234).

CABILDO DE 19 DE NOVIEMBRE DE 1568

Calle y cuadra á los frailes de Santo Domingo.- Este dicho día, en este dicho cabildo, se proveyó á una petición que metió el fray Lope de la Fuente, en este cabildo, como vicario provincial de la Orden de los Predicadores del señor Santo Domingo, en que pidió á estos señores de este Cabildo le hiciesen á él merced, y limosna al dicho convento, de que le diesen una cuadra de cuatro solares que están á las espaldas del monasterio de señor Santo Domingo hacia el río y la calle que pasa por las espaldas del monasterio entre él y los dicho cuatro solares, que se le hiciese merced y limosna de la dicha calle y cuadra de cuatro solares hacia el río, la cual dicha petición es del tenor siguiente: “Muy magníficos señores: Fray Lope de la Fuente, vicario general de la Orden de los Predicadores en estos reinos de Chile, digo: que por cuanto el monasterio de señor Santo Domingo de esta ciudad de Santiago, tiene necesidad grande de extender su sitio para fundar la casa en él conviene edificarse, é para este efecto tenemos necesidad de un sitio que está á las espaldas del dicho convento con una calle que va junto al dicho convento, pido y suplico á vuestras mercedes se nos haga merced é limosna del dicho sitio é calle, por ser tan necesario para dicho convento, é si en el dicho sitio que así pido hubiere algunos solares dados, por no haberse poblado, están vacos, é que no lo estén, dándome vuestras mercedes la acción que la Ciudad tiene á ellos, me obligo á pagar é satisfacer á quien é cuyos fueren los dichos solares, y en ello se nos hará muy gran caridad é merced.- Fray Lope de la Fuente, vicario general”.Tomaron la posesión de ello de la cuadra y calle en veinte y dos de Noviembre de mil y quinientos y sesenta y nueve años.- Testigos : el padre Francisco Gonzáles, clérigo; y testigos de la posesión, el padre Francisco González y Antonio de Rozas y Francisco Lorenzo. Y por estos señores de este Cabildo vista la dicha petición, dijeron todos juntos, unánimes y conformes, que le hacían y hicieron merced al dicho fray Lope, como á vicario general de la Orden, y al dicho convento y monasterio limosna de la dicha cuadra y calle que ha pedido, desde las tapias de las espaldas del dicho monasterio, medida el ancho de la calle, y cuatro solares en cuadra, medidos hacia el río, la cual dicha calle y cuadra se le hace merced y limosna al dicho monesterio (sic) de señor Santo Domingo y al convento del y al dicho fray Lope de la Fuente, como á vicario general del dicho convento en el dicho nombre, y se le da todo el derecho y acción que esta Ciudad tiene á la dicha calle y cuadra, con tanto que la cerquen dentro del término de la ordenanza; y entiéndase que no se le da más de cuatro solares, mediados desde las tapias del dicho convento y monesterio en cuadra hacia el río; y así lo proveyeron y mandaron y formaron de sus nombres.
(C.H.CH. 1898. Tomo, XVII. Actas del Cabildo, vol II, pág. 264-265).


CABILDO DE 27 DE MAYO DE 1575

Sobre empedrar las calles.- En este cabildo, los dichos señores del cabildo dijeron que nombraban é nombraron, para hacer empedrar las calles de esta ciudad, á los señores Alonso de Córdoba, alcalde, é Alonso Alvarez Berrío, para que sus mercedes las manden a empedrar, é para ello manden é hagan y ejecuten las penas necesarias.
(C.H.CH. 1898. Tomo XVII, Actas del Cabildo, vol II, pág. 392).

CABILDO DE 15 DE JULIO DE 1575

Sobre los toros de las fiestas de la ciudad.- Este día, en el dicho cabildo, estando los dichos señores Justicia é Regimiento de la dicha ciudad, estando así juntos y en Cabildo é ayuntamiento, dijeron que, por cuanto esta ciudad ha estado y está en costumbre de correr toros en esta ciudad de Santiago cada un año en las fiestas de San Juan, é Santiago, y fiesta de nuestra Señora de Agosto, é para ello se acostumbra é ha acostumbrado hacer las borracheras y cercar la plaza por los vecinos de esta ciudad de más de veinte años á esta parte, porque parece que ha habido algún descuido en algunos vecinos en el hacer de las barreras é algunos no cercan su parte tan bien como se había de hacer; é habiéndose juntado en cabildo abierto los vecinos de esta ciudad, sus mercedes presentes, se ha tratado de este negocio y en que se haga y prosiga de aquí adelante muy cumplidamente, por manera que siempre vayan en aumento las fiestas y no falte el hacer de las dichas barreras, y los dichos vecinos de esta ciudad juntamente é con sus mercedes vinieron en ello, y dijeron que así se haga y cumpla; por tanto, que los dichos señores Justicia é Regimiento haga y cumpla; por tanto, que los dichos señores Justicia é Regimiento en nombre de esta ciudad y de los dichos vecinos, é como mejor de derecho ha lugar, ordenaban é ordenaron, é mandaban é mandaron que ahora é de adelante, perpetuamente, en cada un año se corran toros en esta ciudad las dichas tres fiestas de San Juan, Santiago y Nuestra Señora de Agosto, para las cuales dichas tres fiestas los vecinos de esta ciudad que de presente son é fueren de aquí adelante sean obligados á cercar la plaza é á hacer las talanqueras con madera que traigan de sus casas, cada uno la parte que le fuere echada por la justicia de esta ciudad, lo cual hagan y cumplan sin poner contradicción ni alteración alguna, so pena que el vecino que no lo hiciere é cumpliere, por cada vez caiga e incurra en pena de cada diez pesos, la mitad para la cámara, y la otra mitad para los propios; y más á su costa del tal vecino la justicia mande hacer é que se hagan las barreras é parte que hubiere faltado por hacer, é por la pena se le saquen prendas, é las vendan conforme á derecho, é se pregone primeramente en esta ciudad por pregonero é ante escribano público para que de ello conste en todo tiempo.
(C.H.CH. 1898. Tomo XVII. Actas del Cabildo, vol II, pág. 404-405).

CABILDO DE 5 DE NOVIEMBRE DE 1575

Plaza de la Ciudad de Santiago.- En este dicho día, y en el dicho Cabildo, su señoría del dicho Gobernador ( Rodrigo de Quiroga), en nombre de Su Magestad é por virtud de sus reales poderes, dijo que hacía é hizo merced á esta ciudad de Santiago para ahora é para siempre jamás de la cuadra en que ha hecho teja la iglesia de esta ciudad, para que sea plaza pública de ella. Y así mismo señala y da por plaza pública é salida de esta ciudad, la plaza é salida que está junto al molino que solía ser de Bartolomé Flores, de la parte de la acequia hacia el río, que es donde se ensayan los de los juegos de cañas, todo como corre hasta el río y casa de Alonso del Castillo. Y así mismo da á esta ciudad una placeta nueva delante del cerro Santa Lucía, entre el dicho cerro y heredades que tiene Andrés Hernández, é viña de Escobedo é la acequia del dicho molino, y mejor alindare, y todo lo que hay en la dicha tierra. E otrosí, hizo merced su señoría á esta ciudad de una placeta é pedazo de tierra que hay desde el molino de Juan Godínez hasta casa é solar del canónigo Alonso Pérez, é por otra parte llega á casa de Juan de Lepe, é como mejor alindare é lindar la dicha plaza, para que lo sea de las dichas carretas. Y sean plazas públicas de esta ciudad para que estén perpetuas, para su perpetuidad y ennoblecimiento, la cual merced hace su señoría como más é mejor puede; y manda que se le dé este título é posesión. Y lo firmó.- Rodrigo de Quiroga.- Paso ante mí.- Nicolar Gárnica, escribano público y de Cabildo.
(C.H.CH. Tomo XVII. Actas del Cabildo Tomo II, pág. 413, año 1898).

CABILDO DE 13 DE ENERO DE 1576

Merced de dos solares para una casa para Santa Ana.- En Santiago de Chile, á trece de Enero de mile é quinientos é setenta y seis años, el ilustre señor Rodrigo de Quiroga, gobernador é capitán general de este reino, por Su Majestad, dijo: que, por servicio de la gloriosa Santa Ana, madre de Nuestra Señora, hace servicio á la dicha señora Santa Ana de que de cuatro solares que tiene la plaza del tejar por su señoría dada y señalada, en los dos solares de ella se puedan hacer é hagan una casa para la gloriosa señora, y los otros dos solares queden para plaza; y los dos solares sean los que quisiere escoger de ellos para la dicha casa de nuestra señora Santa Ana, lo cual su señoría proveyó é hace merced en nombre de Su Majestad, é como mejor de derecho ha lugar, y porque el Cabildo de esta ciudad se lo ha suplicado, y que se le dé título en su nombre é la posesión, concluido el hacer de la teja.- Y lo firmó su señoría. (Págs.428-429)
(C.H.CH. 1898. Tomo XVII, Actas del Cabildo, vol II, pág. 428-429).

CABILDO DE 15 DE FEBRERO DE 1577

Petición de Pedro de Armenta y Licencia que se le dá para hacer corredores en la plaza.- "Ilustres señores: Pedro de Armenta, morador en esta ciudad, digo: que yo ha muchos años que vivo en ella; y para más permanecer, tengo hechas unas casas en la plaza pública de ella, y voy ahora haciendo un alto, y querría hacerle un corredor con sus portales, así en alto, como en las demás casas, que salgan los dichos corredores con portales á la dicha plaza; y para ello tengo necesidad de licencia y permiso de vuestras mercedes para que el alarife señale el tamaño de que han de ser: á vuestras mercedes pido y suplico sean servidos de mandarme hacer merced para en que pueda hacer los dichos corredores del tamaño y largo del dicho mi solar, mandado para ello dar título de merced, pues es en pro y utilidad de la ciudad y plaza, y porque en ello recibiré bien y merced con justicia, la cual pido, y para ello etcétera.- Pedro de Armenta".

El proveimiento de ella está en el libro del Cabildo, donde está inserta la dicha petición.- Joan de la Peña, escribano público y del Cabildo. E los dichos señores Justicia y Regimiento proveyeron á la dicha petición, que se le hace la merced que pide, de dársele, como se le da, licencia a dicho Pedro de Armenta para que haga los dichos corredores, con tanto que sean comunes al pro é utilidad de esta dicha ciudad, é no se puedan cerrar por abajo de ellos en ningún tiempo, é que de la primera esquina é poste ó pilar que se ha de poner, se ponga al soslayo, porque la calle que va á las casas de Francisco de Lugo no se perturbe la vista de la dicha calle, y que el ancho sea de doce pies maestrales, y que haga los dichos corredores dentro de un año. E que la dicha merced se hace generalmente á todos los que tuvieren casas en dicha plaza que quieran hacerlos con el dicho aditamento.
(C.H.CH. 1898. Tomo XVII. Actas del Cabildo, vol II, pág. 495-496).

CABILDO DE 15 DE FEBRERO DE 1577

Para que se haga la fuente que venga á la plaza de esta ciudad del arroyo de Tobalaba.- En este dicho cabildo se acordó que el agua del nascimiento que sale del manantial por arriba de Tobalaba se traiga toda ella á esta dicha ciudad para hacer en la plaza pública una fuente para beber el común, atento á la gran necesidad que esta ciudad tiene de agua clara para conservar la salud del común, y que se traiga por una acequia que se haga de fondo de una vara y del anchura de media vara, hasta la calle de Alonso del Castillo, porque desde allí hasta la plaza se dará orden como se traiga cubierta hasta la fuente que se ha de hacer en la plaza; é que se pregone públicamente por tiempo de nueve días arreo que, si hay alguna persona que quiera tomar á de estajo el abrir la dicha acequia por la dicha orden, y á la persona que más barato se ofreciere de lo hacer, se le dé, con que se obligue á ello y á traer la dicha agua hasta el dicho sitio.
(C.H.CH. 1898. Tomo XVII. Actas del Cabildo, Tomo II, pág. 495-496, año 1898).

CABILDO DE 25 DE FEBRERO DE 1577

Sobre traer agua á la plaza.- En este cabildo, se acordó que, para que tenga efecto el traer la fuente del agua clara del nacimiento é manantial de Tobalaba á la plaza de esta dicha ciudad, atento á que al presente no hay ningunos propios ni otros bienes de esta dicha ciudad para gastar en la dicha fuente y en el traer de la dicha agua, é todos los vecinos é moradores de esta ciudad dicha ciudad por el deseo que de ello tienen se han ofrecido de ayudar cada uno con algún interés, que dos de los señores jueces ó regidores anden por la ciudad con el escribano del cabildo á pedir á los dichos vecinos é moradores á cada uno lo que quisiere mandar para la dicha obra, y que lo que se recogiere se entregue al mayordomo de la ciudad para que tenga cuenta é razón de ello é de lo que se gastare en la dicha obra, para que en todo ello haya la claridad é razón que se requiere.
(C.H.CH. 1898. Tomo XVII. Actas del Cabildo Tomo II, pág. 497).

CABILDO DE 19 DE ABRIL DE 1577

Parecer sobre el agua de la fuente de la plaza.- Primeramente trataron acerca de lo que tienen acordado de hacer traer el agua de la fuente á esta ciudad é plaza de ella, que los señores Justicia y Regimiento que han visto de donde se ha de traer el agua para hacer la dicha fuente y si hay algún perjuicio para los indios ó para otra alguna persona, para que, conforme á ello, se haga en traer la dicha fuente, y para hacer lo que más conviene al provecho de esta dicha ciudad.

E luego sus mercedes, excepto el señor Santiago de Azoca, dijeron: que se puede sin perjuicio alguno que sea de los indios en así traer del agua para la dicha fuente, que no les viene perjuicio alguno; y si alguno se les puede venir, ó tener los Indios de Apoquindo é otros, se les puede dar ó traerse alguna de otra parte, y en esto no sólo no viene perjuicio alguno ó á ninguno, y viene provecho á esta república y ciudad.

Item, se acordó de que se comprase para la obra de dicha agua, de comprar diez barretas y diez azadones y una docena de bateas. Y que tenga cuidado el depositario, que es Francisco Paez de la Serna ó Diego Juárez, de que se les dé de comer á los indios que han de andar en la dicha obra de la fuente, para que no parezcan necesidad; é con esto se cerró el cabildo.
(C.H.CH.1898. Tomo XVII, Actas del Cabildo, vol II, pág. 503).

CABILDO 7 DE AGOSTO DE 1579

Poder y Comisión al señor Agustín Briseño, regidor, para que gaste en la obra de la fuente lo necesario de los propios de esta ciudad.- En este dicho día y cabildo, acordaron los dichos señores Justicia y Regimiento que, por cuanto en diez días del mes de julio de este presente año, se acordó por sus mercedes en este dicho cabildo que Agustín Briseño, regidor, tuviese á cargo la obra de la fuente de esta ciudad por tiempo de un mes, en el cual pudiese gastar de los propios de esta ciudad lo que fuese menester para la dicha obra, que prorrogaban y prorrogaron la dicha comisión al dicho Agustín Briseño por tiempo de dos meses primeros siguientes, en los cuales le dan poder para gastar lo que fuere necesario para la dicha obra de los propios y rentas de esta ciudad, según le tenía, teniendo cuenta y razón de lo que gastare y en qué lo gasta, para lo cual le dieron poder y facultad en forma, cual de derecho en tal caso se requiere; y lo firmaron de sus nombres al pie de este cabildo.

Que se quite de la plaza el rollo.- En este día y cabildo acordaron los dichos señores Justicia y regidores que el rollo y picota que está en la plaza de esta ciudad, se quite y se ponga fuera de la ciudad.
(C.H.CH. 1899. Tomo XVIII, Actas del Cabildo, vol III, pág. 125-127).

CABILDO DE 11 DE NOVIEMBRE DE 1580

Pregón sobre la correduría de la carnicería y pescadería.- En este dicho día y cabildo acordaron sus mercedes que por cuanto ya es fin de este presente año y lo que resta por correr es poco tiempo y conviene en él que se traigan en venta y pregón público la correduría de lonja de esta ciudad y la pregonería y oficio de verdugo y carnicería y pescadería, para que todo ello ande en pregón público por el término del derecho, y al cabo del dicho término se rematen los dichos oficios y renta de ellos en la persona que más por ellos diere, con acuerdo de este cabildo; y así lo proveyeron y mandaron y firmaron de sus nombres...
(C.H.CH. 1899. Tomo XVIII, Actas del Cabildo, tomo III, pág. 255).

CABILDO DE 15 DE MARZO DE 1582

Que se quiten las piedras que estan puestas en las calles.- En este dicho día y cabildo acordaron sus mercedes que, por el perjuicio que se sigue á esta república, se quiten las piedras que están puestas en las calles, así en la de Santiago de Azoca como en la de Santo Domingo, y se les mande que las quiten hoy en todo el día, donde no, quel señor fiel ejecutor las haga quitar y traer para reparar las puentes de la plaza de esta ciudad; y así lo proveyeron y acordaron...
(C.H.CH. 1899. Tomo XIX, Actas del Cabildo, vol IV, pág. 13).



CABILDO DE 31 DE AGOSTO DE 1582

Que se averigüe lo relativo á las corridas de toros.-En este dicho día y cabildo acordaron sus mercedes que por cuanto en esta dicha ciudad hay gran escándalo sobre el correr de los toros, diciendo no poderse correr sin incurrir en pena de excomunión; y porque á sus mercedes les consta que en la corte real de Su Majestad y en la ciudad de los Reyes de los reinos del Perú se corren al presente, háyanse presentes á ellos Su Excelencia y señores inquisidores, por lo cual se entiende que, pues Su Excelencia y señores inquisidores se hallan presentes, deben de poderse correr lícitamente sin pena; por tanto, que para que se haga información de lo susodicho y se trate con el señor provisor de esta ciudad que dé licencia para ello, porque no cese el arte militar, pues tan necesario es que se ejerza en esta tierra, por estar en guerra, como está, que el procurador y mayordomo de esta ciudad, en nombre de ella, solicite este negocio y haga la información al caso necesaria y lo demás que convenga á esta república, pues tiene poder para ello de esta dicha ciudad; que, si necesario es, á mayor abundamiento sus mercedes le dan poder y comisión para lo susodicho...

(Misma sesión)

Sobre cercar la plaza para correr toros.- En este dicho día y cabildo se acordó por sus mercedes que se dé el mandamiento que está acordado para que los vecinos encomenderos de esta ciudad hagan hacer las agujas que está acordado para cerrar las calles cuando se corrieren los toros en la plaza de esta ciudad, dentro de un mes cumplido primero siguiente, el cual mandamiento se les notifique á cada uno de por sí por mí el escribano, so pena que á su costa las harán hacer con lo cual alzaron el subsidio y costumbre que tenían los dichos vecinos de cercar la plaza en semejantes días; y que las dichas agujas y varas sean propios de esta dicha ciudad y se guarden en la casa de este cabildo, haciendo cargo de ello al mayordomo de ella, y que se corran toros el día de Nuestra Señora de Septiembre venidero y que se cerquen como se cercó el día de Santiago próximo pasado la plaza de esta ciudad, y se pregone; y así lo proveyeron y firmaron...
(C.H.CH. 1898. Tomo XIX, Actas del Cabildo, vol IV, pág. 43-44).

CABILDO DE 27 DE JULIO DE 1607

Que el pescado se venda en la plaza.- En este cabildo se trató y acordó que ninguna persona de cualquier estado, calidad y condición que sea, que á esta ciudad trajere pescado para vender, no lo venda en su casa ni en otra alguna, sino fuere públicamente en los portales de la plaza de esta ciudad, y primero hagan demostración al fiel ejecutor para que lo vea y ponga el precio, so pena de diez pesos cada vez que cualquier persona fuere contra este acuerdo. Pregónese este auto y acuerdo en la plaza pública de esta ciudad.- Juan Rosa.
(C.H.CH. 1901.Tomo XXIV, Actas del Cabildo, vol VII, pág. 51).

CABILDO DE 14 DE AGOSTO DE 1609

Que no se entre a la plaza a caballo.- En este cabildo se mandó se pregone públicamente que ninguno entre a correr en la plaza a caballo sinó fuere con licencia de los señores alcaldes ordinarios, so pena de que le echarán de la plaza afrentosamente y se le quitará el caballo.
(C.H.CH. 1901. Tomo XXIV, Actas del Cabildo, vol VII, pág. 138).

CABILDO DE 22 DE OCTUBRE DE 1609

Carnicería.- En este cabildo también se acordó se pregone públicamente si hay quien quiera obligarse a poner carnicería de vaca y carnero y tocino en esta ciudad y dar abasto á ella, que parezca á hacer postura y condiciones, que este cabildo le dará licencia para que pueda tener carnicería públicamente y que otra ninguna persona no la pueda vender.
(C.H.CH. 1901. Tomo XXIV, Actas del Cabildo, vol VII, pág. 149).

CABILDO DE 9 DE JULIO DE 1610

Acuerdo sobre carestía de bastimentos.- En este cabildo se trató de la gran carestía que en esta ciudad hay en los bastimentos y cosas de comida y especialmente de vino, á causa de que los pulperos compran cantidad de por junto para revenderlo y gastar la mayor parte, como la gastan, en dar de beber á indios y negros, cosa prohibida en todos los reinos de las Indias, así para evitar las borracheras como otros daños é inconvenientes que se les recrecen y particularmente las enfermedades que se les causa á los indios, como de presente las tienen; y conviene con gran cuidado y rigor defender esto y remediar la carestía del dicho vino y otros bastimentos, para remedio de lo cual se trató y acordó se pregone públicamente en lugar público que cualquier pulpero y otras personas que compran vino y otros bastimentos para revenderlos los manifiesten dentro de tercero día de cómo lo compraren, poca o mucha cantidad, lo que compraren, y que dentro de nueve días puedan dar y den á cualquier vecino y morador de los tales géneros que manifestaren para su sustento y de su casa al precio que lo compraren y declaren con juramentos conforme á la ordenanza; y en cuanto á que los pulperos ni otra persona den de beber a los negros, indios ni indias ni mulatos por evitar la carestía que esto causa, y que conviene atender al bien común de la ciudad y no al particular interés de los pulperos, se mandó asimismo se pregone públicamente que ningún pulpero ni en otras partes den vino á indios ni indias ni negros ni mulatos ni lo beban en sus pulperías ni lo den en otra ninguna manera, so pena de diez pesos de oro aplicados por tercias partes, cámara, juez y denunciador, y de ocho días de prisión y que se les cerrarán las pulperías para que no usen de ellas, por cuanto al remedio de esto conviene este rigor y ejecución, y así quedó acordado y cometido la ejecución de esto al fiel ejecutor de esta ciudad.
(C.H.CH. Tomo XXIV. Actas del Cabildo Tomo VII, pág. 181, año 1901).

CABILDO DE 14 DE JUNIO DE 1612

Agujas que hagan los vecinos para los toros.- Acordóse para excusar la costa que los vecinos de la ciudad suelen tener en las fiestas y solemnidad que se suelen hacer en ella de toros cada año en cerrar las calle de la plaza, se pida á los dichos vecinos cada uno dé las agujas y travesaños de madera que les cupiere conforme la repartición que hiciere el señor alcalde don Melchor Jufré, á quien lo remitieron, conque excusarán la dicha costa é inquietud de cerrarlas.
(C.H.CH. 1901. Tomo XXIV. Actas del Cabildo, vol VII, pág. 332).


CABILDO DE 17 DE MAYO DE 1613

Mercachifles.- En este cabildo se mandó apregonar que ningún mercachifle venda por las calles de esta ciudad en ninguna manera ni por las calles de ella, so pena serán castigados y de diez pesos de oro para reparos de la carcel, en que se les da por condenados.
(C.H.CH.1901. Tomo XXIV, Actas del Cabildo, Tomo VII, pág. 415).

CABILDO DE 3 DE ENERO DE 1614

Comisión para deshacer las borracheras.- En este cabildo se acordó y mandó que todos los regidores por sus turnos, como está señalado, deshagan las borracheras y lo demás que en la dicha razón convenga, según que en el cabildo pasado está acordado, y se aprobó y ratificó la comisión que para ello se les dio cabildo y de nuevo se les da a este presente año.
(C.H.CH. 1901. Tomo XXV. Actas del Cabildo, vol VIII, pág. 5).

CABILDO DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 1614

Que se quiten las pulperías.- En este cabildo se trató acerca de el daño que reciben los indios naturales y negros de esta ciudad de el vino que se les vende por los pulperos con tanta disolución y sin poder remediar, y de el orden que se pudiera dar para ello, y las muertes que esta presente semana han resultado de los susodichos; y habiéndola conferido y tratado, acordaron se votase, y de un acuerdo y conformidad mandaron que se quite en general todas las pulperías que no vendan en ellas vino en junto ni por menudo á ninguna persona de cualquier calidad ni condición que sea, y que se pusiese una taberna en la plaza y con las condiciones que se pusieren por este cabildo, para lo cual y las penas que para no lo vender los dichos pulperos se les ha de poder, se haga auto en forma, el cual se apregone y notofique á los dichos pulperos.

Sesión del Cabildo de 12 de septiembre de 1614 ”...mandaron que se quite en general todas las pulperías que no vendan en ellas vino en junto ni por menudo á ninguna persona de cualquier calidad ni condición que sea, y que se pusiese una taberna en la plaza y con las condiciones que se pusieren por este cabildo...”
(C.H.CH. 1901. Tomo XXV, Actas del Cabildo, vol VIII, pág. 56-57).

CABILDO 25 DE ENERO DE 1616

Venta de pescado.- En este cabildo se trató y acordó que no se consienta vender ni venda pescado dentro de la plaza, sino fuera de ella, una cuadra, más o menos, como no sea dentro de la dicha plaza, por el mal olor que causa, so pena de veinte pesos por cada vez que se vendiere, lo cual se notifique al que lo venda.
(C.H.CH. 1901. Tomo XXV, Actas del Cabildo, vol VIII, pág. 126).

CABILDO DE 20 DE DICIEMBRE DE 1619

Pescadería.- En este cabildo el capitán don Diego de Godoy, procurador general de esta ciudad, propuso, como a Su Señoría le consta, el arrendamiento de la pescadería que habían fecho no puede pasar adelante por causas que ello han dado los señores de la Real Audiencia por el modo que estaba fecho y que por lo que á esta ciudad y vecinos de ella se les seguía de provecho y la policía de ella y cuanto importa haya pescadería con lícito modo; y habiéndolo tratado, acordaron y mandaron que se haga una pescadería en la cárcel de esta ciudad en la forma que la tienen trazada el señor capitán don Francisco Rodríguez de Ovalle y el señor contador Antonio de Azoca, á quienes estaba remitido, y en el ínterin se arriende una tienda para ello por cuenta de la ciudad, donde hayan pesos y balanzas, y en ella forzosamente se ha de vender todo el pescado seco y fresco de mar y río y marisco de todo género por peso y con postura, vendiéndolo todas las personas que lo tuvieren para vender, y por el beneficio que esto se les hace han de pagar de cada caballo de pescado fresco y seco á seis reales de cada caballo con dos chiguas, y de los choros a cuatro reales con la misma carga, y del pescado de río por este presente año han de pagar á cuatro por ciento, hasta que se provea otra cosa; y que los fieles ejecutores en conformidad de lo que dan ahora por un patacón lo pongan por libras y no consientan que se venda en otra manera; y todo lo que valiere la dicha pescadería se aplica desde luego para los propios de esta ciudad , de lo cual se pida confirmación á los señores Presidente y oidores de la Real Audiencia para que su Alteza se sirva confirmarla, y se remite al dicho procurador el pedir dicha confirmación, y si se confirmare, se pregone el arrendamiento de esta renta y propios para que se remate en quien más diere por ello, y si no hubiere arrendador, se ponga persona que lo tenga á cargo.

Y se entiende que cada uno ha de vender su pescado por sí o por la persona que nombrare y no lo han de vender en otra parte fuera de dicha pescadería, so pena de perdido todo el precio de el pescado y más cincuenta pesos de plata, aplicado todo parta la cámara de S. M. y propios de la dicha ciudad por mitad, en que les dan por condenados lo contrario haciendo.
(C.H.CH. 1901. Tomo XXV, Actas del Cabildo, vol VIII, págs. 362-363).

CABILDO DE 11 DE ENERO DE 1620

Sisa para hacer una fuente en la Plaza.- En este cabildo se trató que se haga una fuente en la plaza mayor de esta ciudad y que para ello se eche sisa en el vino y carretas que entran y salen con carga en el puerto de Valparaíso, y en la forma como se haya de hacer se remite á el señor alcalde capitán don Diego de Godoy y á el contador Antonio de Azoca y capitán Alonso del Campo y Juan de Azoca, para que á el primer cabildo traigan resuelto lo que se hubiere de hacer.
(C.H.CH. 1901. Tomo XXV, Actas del Cabildo, vol. VIII, págs. 365-366).

CABILDO DE 28 DE FEBRERO DE 1620

Sobre la Carcel.- Tratóse del reparo de la cárcel real que se está cayendo, y se acordó que se derribe toda, hasta los cimientos, y se levante de nuevo; cuya solicitud se encargó al procurador general capitán don Diego González Montero, al cual dieron poder y comisión en forma para la prevención de la obra de ella y cobrar lo que se debiere y distribuir y comprar los materiales y lo demás que se requiera para hacerla.
(C.H.CH. 1902. Tomo XXVIII, Actas del Cabildo, vol. IX, pág. 371).


CABILDO DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 1623

Pedimento sobre que se apregone la carnicería.- Item, así mismo debe V. S. mandar se pregone en esta ciudad por si hubiere alguna persona que ponga y haga postura de proveerla y abastecerla de carne de vaca y carnero, por menudo, así por lo mucho que conviene para los vecinos y moradores, estantes y habitantes y gentes pobres que hay en esta ciudad, que están pereciendo por no hallar carne, como por ser muy usado haber carnicería en todas las repúblicas de España y reinos del Perú y México, dentro y fuera de las ciudades, villas y lugares, vendiéndose por libras, las que á V.S. pareciere se pueden dar al real, regulando conforme el valor de la res y el costo que tuviere, que para ello se podrá poner arancel; y al que se obligare á la dicha provisión y abasto, se le den muy bastantes comisiones para que pueda tomar los carneros y reses vacunas que para el dicho abasto tuviere necesidad, pagando lo que fuere justo, prefiriendo á la tal persona á los que para sus granjerías compran, que pueda quitarles lo que así compraren, si no hallare a [quien] comprar suficiente número de ganado para la dicha provisión y abasto, y tal obligado pueda tomar los dichos ganados no habiendo ni pudiendo haber por compra en las estancias de los carniceros y vacas que tuvieren cada uno lo que hubiere menester para el dicho abasto, conforme la cantidad respectiva, sin hacer agravio ninguno.
(C.H.CH. 1902. Tomo XXVIII, Actas del Cabildo, vol IX, págs. 154-155).

CABILDO DE 12 DE ENERO DE 1624

Comisión para abastecer la ciudad.- En este cabildo se dio comisión al señor capitán Tomás de Toro, regidor de esta ciudad, para que vaya a todas las estancias de Maipo para Maule y averigue las matanzas que han hecho de ovejas, y castigue á los culpados y ejecute las penas puestas, conforme á lo proveído por el gobernador de este reino y este Cabildo.

Y así mismo se da la misma comisión al señor capitán Joán de Agurto, regidor, para que desde Maipo a Choapa haga la misma diligencia, en razón de los que han muerto ovejas, y cada uno en la parte que le toca tome todos los carneros que hubiere en la jurisdicción de esta ciudad y los remitan á ella, donde se les pagarán á precio de tres reales cada carnero, y si sus dueños los quieren vender, los pagarán á cuatro, que para todo lo dicho les dieron comisión en forma cuan bastante se requiere y es necesario para valer.
(C.H.CH. 1902. Tomo XXVIII, Actas del Cabildo, vol. IX, pág. 175).

CABILDO DE 12 DE ENERO DE 1627

Pregones para abastecer la ciudad.- En este cabildo se trató que, á pedimento del procurador general, en razón de lo pedido por el susodicho de que los vecinos y moradores de esta ciudad pasaban extremas necesidades de el sustento de carneros, habían ido los señores ordinarios a visitar las chacras comarcanas á esta ciudad, en donde no habían hallado carneros suficientes para el dicho sustento, y porque el capitán Gaspar Calderón, alcalde ordinario en ella de sus dineros ha prometido prestar quinientos pesos por cuatro meses para que se compren carneros, se acordó que públicamente se pregone por tiempo de nueve días en la plaza, por voz del pregonero, que la persona que quisiere dar abasto de carne de carneros por mayor y menor por el tiempo que quisiere, parezca á hacer postura, que se le admitirá; y en el que mejor comodidad de precio hiciere, se rematará el dicho abasto y se le prestarán los dichos quinientos pesos por cuatro meses; y para principio se le darán cuatrocientos carneros a precio de cuatro reales, y sin esto se le echarán las demás comodidades necesarias.
(C.H.CH.1902.Tomo XXVIII, Actas del Cabildo, vol. IX, pág. 404).

CABILDO DE 3 DE JULIO DE 1627

Sobre el abasto de carne.- en la ciudad de Santiago de Chile, sábado tres de julio de mil seiscientos y veinte y siete años, la Justicia y Regimiento de esta dicha ciudad, estando en su lugar acostumbrado, y habiendo propuesto el capitán don Diego Xaraquemada , procurador general , la necesidad que había de carne para el sustento de los vecinos y moradores que no la tienen y que aunque se habían fecho diligencias muy particulares para si había quienes hiciese asiento y obligación á darla con pregones y ofrecimientos de dineros prestados adelantados y otras comodidades, no ha habido ninguna persona que salga á ello, y que convendría tomar las vacas de los hatos más cercanos á esta dicha ciudad, en partidas y con el mejor y menor trabajo y daño posible á los dueños...
(C.H.CH. 1902. Tomo XXVIII, Actas del Cabildo, vol. IX, pág. 441).

CABILDO DE 4 DE MARZO DE 1628

Licencia para hacer adobes.- Este día se le dio licencia al maestre de campo don Gaspar de Soto para que a la falda del cerro de Santa Lucía haga dos mil adobes, no dejando hoyos y pagando el cuarto de ellos.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo vol. X, pág. 8).

CABILDO DE 26 DE MAYO DE 1628

Arreglo de calles.- El señor Corregidor propuso que se aderecen las calles para la procesión de la fiesta del Corpus, que viene ya cerca; lo cual se cometió a el señor fiel ejecutor para que haga aderezar las calles y ponerlas en orden y haga aderezar las puentes de las acequias.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, pág. 17).

CABILDO DE 20 DE JUNIO DE 1628

Fiesta del Corpus.- Acordose en este cabildo que por cuanto el jueves que viene se celebra la fiesta del Corpus cristi que el señor corregidor ordene, como es razón, se haga la fiesta con gran solemnidad y que las calles por donde pasare la procesión se cuelguen y hagan altares con la mayor suntuosidad que se pueda.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, pág. 21).

CABILDO DE 1 DE JULIO DE 1628

Rogativas para que haya agua.- Acordose a pedimento del dicho procurador general que, atento a la gran necesidad que hay de agua, se pida a el señor Obispo se hagan rogativas, plegarias y procesiones por el agua y buenos temporales.

Que se provea de agua a la ciudad.- Acordose, por la necesidad que hay de agua para esta ciudad, que se notifique a el alcaide de agua recorra las tomas del río y eche agua para que los molinos puedan moler, para ello llegue hasta la cordillera y eche el agua que conviene.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX. Actas del Cabildo, vol. X, pág. 22).

CABILDO DE 21 DE JULIO DE 1628

Abastecimiento de carne para la ciudad.- El procurador general de esta ciudad pidió que se hagan diligencias, en razón de que haya abasto en esta ciudad de bastimentos, atento á que viene mucha gente con el señor Gobernador; y se mandó que se hagan las diligencias necesarias para ello por el fiel ejecutor, y que el señor corregidor mande a los indios de Lampa y Colina hagan traer vacas de la estancia de los herederos del capitán Diego de Huerta para que no falte carne, y para ello despache sus mandamientos.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol X, pág. 23).

CABILDO DE 20 DE MARZO DE 1629

Sobre las vacas cimarronas.- En este cabildo el general Luis de las Cuevas y Mendoza, corregidor y justicia mayor de esta ciudad y teniente de capitán general en ella y su jurisdicción, propuso los daños grandes que se seguían de las matanzas de vacas cimarronas que algunas personas acostumbraban hacer en la jurisdicción de esta ciudad, porque a título de ellas hurtaban las mancas y las mataban y hacían para ello cuadrillas de cimarrones y salteadores y robaban muchos caballos, cuyo daño era irremediable por no poderse probar y ser en partes remotas, y que cesando las dichas matanzas y prohibirlas; y importaría mucho el excusar las dichas matanzas y prohibirlas; y habiendo conferido sobre ello, acordaron y mandaron que, por tiempo de diez años, ninguna persona, de cualquier calidad ni condición que sea, sea osado matar las dichas vacas á título de matanza ni otro alguno, so pena de cincuenta pesos y perdido el sebo y grasa, carne y cueros, aplicado para la cámara de su Majestad y obras públicas, juez y denunciador; y que de esta ordenanza, para que lo sea, se pida confirmación.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol X, págs. 87-88).

CABILDO DE 18 DE ABRIL DE 1629

Concierto con el maestre de campo para acabar las casas del cabildo.- En este cabildo se trató acerca de lo que importa acabar las casas de cabildo, y tratando de las comodidades para ello, se trató y concertó con el maestre de campo Ginés de Toro, regidor de esta ciudad, y se obligó de traer todas las vigas y madera necesarias con sus bueyes y carretas, dándole para ello veinte indios efectivos que lleven veinte carretas, y por el trabajo de ellas se le ha de pagar de los bienes que esta ciudad, tuviere y obligaron para ello los bienes de ella, y que el procurador de la ciudad pague lo que montare de ellos y para la paga de los jornales de los indios, y los señores alcaldes tomaron a cargo el tomar los indios referidos de los alquilados por el tanto, y este acuerdo sirva de libranza para el procurador de la ciudad con recibo del dicho depositario; y la dicha madera ha de ser de la que esta dicha ciudad tiene en el monte, y los indios se han de pagar a costa de la ciudad; y asimismo mandaron se le den las hachas y herramientas de esta ciudad y se aderecen para ello.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX. Actas del Cabildo, vol. X, págs. 93-94).

CABILDO DE 4 DE MAYO DE 1629

Sobre los indios Guarpes.- En este cabildo se acordó que el señor procurador general salga a la causa que siguen los vecinos de Cuyo para que las mitas vengan a esta ciudad y no vayan los indios a otras partes.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, págs. 94-95, año 1905).

CABILDO DE 12 DE MAYO DE 1629

Sobre las rogativas para el agua.- En este cabildo se acordó que, atento a que el año va muy seco y conviene se hagan rogativas pidiendo a Dios, nuestro Señor, misericordia, se pida a el señor Obispo saquen en procesión a el bienaventurado San Ramón, y el procurador general de esta ciudad convide a el señor Obispo y se lo supliquen.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol X, pág. 95).

CABILDO DE 6 DE JULIO DE 1629

Sobre las casas de Cabildo.- En este cabildo se trató de que, atento a la mucha necesidad que esta ciudad tiene de casas de cabildo y la intendencia de hacer cabildos en casas particulares alquiladas, se dé orden para que se haga con toda brevedad la sala del cabildo y que para ello se vea el medio que más conviene; y se acordó que se acabe por ahora la sala principal del cabildo, y se comete el acabarla a el señor depositario general de esta ciudad, maestre de campo Ginés de Toro Mazote, y que luego le acuda el procurador general con trescientos pesos que tiene en su poder de esta ciudad; digo que se acordó que para toda la plata que fuere menester para esta obra se obliga a darla el capitán don Gaspar de la Barrera, procurador general.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, pág. 111).

CABILDO DE 20 DE JULIO DE 1629

Sobre la sala del cabildo.- Que, atento a que el maestre de campo Ginés de Toro se obligó a tomar a su cargo la obra de la sala de cabildo y no lo hace, se le avise que precisamente la comience el lunes que viene primero venidero, con apercibimiento que, pasado el dicho término, se pregonará quien haga la dicha obra, precisa e inviolablemente.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, pág. 114).

CABILDO DE 5 DE OCTUBRE DE 1628

Permiso para hacer adobes.- Acordóse asimismo, de pedimiento del capitán Jorge Sánchez, que el depositario general vea dónde, sin perjuicio, puede hacer el susodicho, de toda la Cañada, sin dejar hoyos, treinta mil adobes, y siendo sin perjuicio y obligándose a dejar toda la tierra llena, se le da licencia para que los haga conque pague el cuarto y no el quinto como ofrece, y conque este cuarto atento a la necesidad que esta ciudad tiene, los de luego, limpios, como es costumbre.
(C.H.CH.1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, pág. 128).

CABILDO DE 15 DE FEBRERO DE 1630

Sobre la obra del tajamar.- En este cabildo se acordó, atento a lo que importa, se acabe la obra del tajamar que los señores alcaldes ordinarios vean las cuentas y las hagan concluir y acabar y cobrar los alcances y las resultas, juntos o in solidum, provean todo lo que convenga, de forma que tenga efecto la conclusión del dicho tajamar, y que se vaya por los indios carpinteros para la dicha obra.

Que se traigan indios carpinteros.- En este cabildo se acordó que vaya Luis de Bermeo por Tomás, indio carpintero, de Copequén, que está con Baltazar de Miranda, y el trabajo que tuviere se le pague a rata de como ha ganado, y otro indio, Martín de Taguataguas, también carpintero, y se le dé comisión en forma: y luego acordaron que el indio que ha de traer ha de ser Ventura, de Copequén, que es el que los señores de la Real Audiencia mandaron dar para las obras públicas.

Licencia para hacer adobes.- En este día se le dio licencia al señor maestre de campo don Gaspar de Soto, alcalde ordinario de esta ciudad, para hacer, sin perjuicio y no dejando hoyos, en la Cañada, de casa del capitán Farías para arriba, con el cargo ordinario, y así lo aceptó, ha de hacer doce mil adobes, digo, de la casa del capitán Farías para abajo y se le dan con cargo de que ha de dar los indios con que los hace por dos días para la fabrica de las casas del cabildo.

Confirmación de una licencia para hacer adobes.- En este cabildo se le confirmó al capitán Juan Antonio Núñez una licencia que tenia de ocho mil, conque el cuarto y no levante ninguno sin que se cuenten, pena de perdidos y aplicados para las obras públicas.
(C.H.CH. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, pág.155-156).

CABILDO DE 14 DE JUNIO DE 1630

Remate del abasto de la carne de vaca.- Habiendo remitido el hacer el remate del abasto de la carne de vaca al señor capitán Luis de Contreras y capitán don Francisco Rodríguez de Ovalle y procurador de la ciudad.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, pág. 173-174).

CABILDO DE 3 DE NOVIEMBRE DE 1630

Comisión para traer indios.- Y asimismo presentó una comisión del señor Presidente y gobernador de este reino en que se la da para traer para las obras públicas de esta ciudad treinta indios de la provincia de Cuyo, y pidió fuese recibido a los dichos cargos contenidos en sus comisiones presentadas, y juró a Dios y a la cruz, en forma de derecho, de usar de ella como debe y es obligado con igualdad justicia a las partes y las leyes y ordenanzas de Su Majestad sin pasión ni afición, de todo aquello que debe y es obligado; y si así lo hiciere, Dios le ayude, y si no, se lo demande...
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, págs. 233-234).



CABILDO DE 15 DE NOVIEMBRE DE 1630

Sobre el molino del convento de la Merced.- En este cabildo se acordó que por cuanto el molino que se hizo en el convento de las Mercedes de esta ciudad es en gran perjuicio de ella, porque roban las acequias por llevar mucha agua para moler el dicho molino, y aunque por parte de esta ciudad se les ha pedido y requerido a los dichos prelados del dicho convento se contenten con el agua que les toca para moler, no lo han querido ni quieren hacer, aunque se ha hecho por el dicho respecto caja de agua, de que resulta que muchas casas de esta ciudad se aneguen los más de los días y las calles y plaza están anegadas y no se puede pasar por ellas sin mucho trabajo, porque rompen los reparos que se han hecho por echar el agua al dicho molino, y las acequias rebosan; y para remediar los dichos daños se notifique a los prelados del dicho convento cierren el dicho molino y no muelan en él, por ser tan en perjuicio de esta ciudad, como se ha visto, con apercibimiento que se proveerá lo que más convenga, supuesto de que se hizo sin orden y licencia de esta Ciudad, la cual pide se quite el dicho molino.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX. Actas del Cabildo, vol. X, pág. 237).

CABILDO DE 22 DE ENERO DE 1632

Que se haga una pila en la plaza.- En este cabildo se propuso por el general don Diego Xaraquemada, corregidor e [sic] justicia mayor y teniente de capitán general en esta dicha ciudad, como era útil a esta ciudad y para la salud de los vecinos y moradores necesario hacer en la plaza pública una pila de agua y que le parecía se trajese de la acequia de Ramón, por ser saludable y no ser de manantial, y que para ello y abrir la zanja, cal y ladrillo y peones es menester dinero, y que Su Señoría viese si conviene se haga, y resultando efecto vean y confieran la derrama que ha de echar para pagar los gastos que se hubieren de hacer. Y por Su Señoría visto, se acordó que el dicho corregidor se junte con personas entendidas para que digan el costo que se debe de tener en traer la dicha agua y hacerse el dicho puente, y hecho, se traiga para proveer lo que más convenga y la derrama se remite al dicho corregidor y maestro de campo Ginés de Toro y capitán Pedro del Portillo.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, pág. 317).

CABILDO DE 27 DE FEBRERO DE 1632

Sobre el precio del agua y pago de la caja de ella.- Este día se notificó a este cabildo un auto de los señores de la Real Audiencia en que mandaron pagar a Juan Moreno lo que gastó en la caja del agua; y habiendo tratado sobre ello, acordaron que el señor capitán Manuel de Carvajal, alcalde ordinario de esta ciudad, cobre de los bienes del general don Gaspar de Soto lo que fue a su cargo de la derrama que se había echado, y de nuevo en todos los interesados en la caja del agua eche derrama y cobre la cantidad necesaria para pagar al dicho Juan Moreno y a los alguaciles el trabajo que tuvieren, que para todo lo necesario le dieron poder en forma, y con brevedad cumplan lo que los dichos señores mandan.

Licencia para hacer adobes.- Este día se dio comisión al capitán don Diego de Cárcamo, regidor de esta ciudad, para que en la cañada de la Chimba vea si sin perjuicio se le puede dar licencia la capitán Sebastián González Chaparro para hacer ocho mil adobes que pide, [y] pagando el cuarto se dé la licencia, y hechos, no los alce sin que se cuenten y paguen y tapen los hoyos que hicieren.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, págs. 325-326).

CABILDO DE 4 DE FEBRERO DE 1633

Sobre la cobranza de la derrama de la fuente.- En este cabildo el señor capitán don Fernando Bravo entregó treinta patacones de lo que cobró por la memoria que se le dio para la cobranza de la derrama de la fuente, y porque hace ausencia a la Concepción se encarga el resto de la cobranza de dicha memoria al capitán don Agustín de Arévalo Briseño; y la plata se mandó entregar al señor capitán Pedro de Valdivia, a quién esta encomendada la cobranza para que acuda con ella y lo que más cobrare a rateo se le deje a cuenta de lo que se ha de dar.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, pág. 405).

CABILDO DE 16 DE SEPTIEMBRE DE 1633

Acuerdo sobre el precio del pescado.- En este cabildo se acordó que quede hecha postura pública hasta que se ordene otra cosa, y porque a los que traen pescado acudan con afición, no se les haga otra postura, más de que el robalo, roncador y tollo fresco lo vendan todo el año a diez y ocho reales la arroba, y la lisa y muchuelo a dos patacones la arroba; y la corbina fresca a diez y ocho reales.

Acuerdo sebre la venta del pescado.- En este cabildo, a pedimiento de Bernabé Gallegos, arrendador de la pescadería, se acordó y mandó apregonar que ninguna persona venda en sus casas ni por las calles, pulperías ni otras partes pescado fresco ni seco, ni marisco de la mar ni agua dulce, si no fuere en la pescadería. donde lo traigan, como está mandado, pena de perdido y se da comisión a cualquier alguacil para que lo quite y lo traiga a la pescadería para que en ella se venda y reparta por peso y cuenta, como está ordenado, y a satisfacción de dicho arrendador.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, págs. 451-452).

CABILDO DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 1633

Que se gaste lo necesario para las prisiones de los seis indios dedicados al servicio de la ciudad.- En la ciudad de Santiago de Chille, a treinta de septiembre de mil seiscientos y treinta y tres años, la Justicia y Regimiento de esta dicha ciudad, estando en su lugar acostumbrado y tratando de algunas cosas de república, acordaron que el señor procurador general gaste de los propios de la ciudad la cantidad de pesos necesaria para las prisiones de los seis indios aucaes que están dedicados para su servicio.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, pág. 463).

CABILDO DE 14 DE OCTUBRE DE 1633

Merced de seis indios aucaes a la ciudad de Santiago.- Don Francisco Laso de la Vega, Caballero de la Orden de Santiago, del Consejo de su Majestad y del de Guerra en los estados de Flandes, gobernador y capitán general de este reino y presidente de la Real Audiencia. Considerando la necesidad grande que esta ciudad de Santiago tiene de acabar el Tajamar y la puente del río Maipo y casas de cabildo, las cuales obras están empezadas y por falta de jornaleros no se han acabado y otras muchas que con el tiempo se irán ofreciendo; respeto [sic] de lo cual y para que las dichas obras se acaben he dado á esta dicha ciudad seis indios esclavos que cogí en la guerra, en las batallas que con los enemigos he tenido y malocas que les he hecho, cuyos nombres y sus edades y tierras son como se siguen:

Francisco Guaiquipangue, natural de Butanlebu, su cacique Guaiquiladi, de edad de veinte años, con una nube grande en el ojo derecho. Juan de Lencheuque, natural de Butanlebu, su cacique Quemantecaulayo. Gaspar Manitoqui, natural de Illagüen, de edad de veinte e cinco años, de buena cara, su cacique Longonagüel. Diego Caguinante, natural de Angualmén, su cacique Triqueguenu, de edad de cuarenta años; ha tenido lamparones. Miguel Minchequeu, natural de Licura, su cacique Guentequeupe, de edad de cincuenta años, cano. Martín, natural de Butanlebu, de edad de veinte años, no tiene cacique, con una señal de herida en la mano derecha. Y como indios esclavos, los doy a todos los seis susodichos en perpetua servidumbre a esta ciudad y la hago gracia y donación de ellos para las obras públicas, y como tales esclavos los ocupen en ellas y en todo lo demás que fuere útil y aumento de esta dicha ciudad.
(C.H.CH. Tomo XXX. Actas del Cabildo, vol. X, pág. 467-468).

CABILDO DE 12 DE NOVIEMBRE DE 1633

Sobre la comida para los indios del servicio de la ciudad.- En este cabildo se acordó que la costa de la comida para los indios del servicio de la ciudad se agregue a la costa de las prisiones y demás gastos que se hicieron forzosos con los dichos indios.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXX, Actas del Cabildo, vol. X, pág. 470).

CABILDO DE 7 DE MARZO DE 1634

Obras de las casas de cabildo y cárcel.- Acordaron que el procurador general continúe la obra de las casas de cabildo y cárcel a costa de los propios de la ciudad, así de censos como de tierras y otros dineros y rentas que tuviere y los vaya cobrando para ello por cuenta y razón.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI, Actas del Cabildo, vol. XI, pág. 15).

CABILDO DE 21 DE MARZO DE 1634

Que se pongan marcos a las acequias de los molinos.- De pedimento del convento del señor San Agustín se acordó que se pongan marcos a las acequias del molino, como ha sido costumbre, y que el alcalde de aguas acuda a ello con cuidado.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI, Actas del Cabildo, vol. XI, pág. 17).

Cárcel de la ciudad.- Acordaron que solo los cuatro calabozos que están empezados se prosigan y se les abran puertas para la cárcel de corte y para la parte de la cárcel de la ciudad se dejen las puertas trazadas, y como están empezadas, con sus umbrales puestos, para que con comodidad después se puedan mudar pareciendo convenir, y la frente de plaza también se acabe como está acordado y empezado.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI, Actas del Cabildo, vol. XI, pág. 18).

CABILDO DE 22 DE MAYO DE 1634

Acuerdo sobre la cal.- Este día se acordó que el señor depositario general dé cal que [tiene] el capitán Juan de Barrios, perteneciente al tajamar de esta ciudad, con cuenta y razón, para que se satisfaga de propios de esta ciudad, y se gaste la necesaria para los arcos de los corredores y arcos que se han de hacer en las casas de cabildo, y se le da comisión para concertar a Luis de Bermeo que acuda a esta obra por el tiempo que fuere necesario, a razón de ciento y veinte patacones cada año; y asimismo para que compre los ladrillos necesarios para la obra, y lo que costaren lo pague el procurador general, y este acuerdo y cabildo sirvan de libranza para que se le pase en cuenta con el recibo de las personas que lo recibieren.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI, Actas del Cabildo, vol. XI, pág. 25).

CABILDO DE 9 DE JUNIO DE 1634

Que se dé vestuario a cinco indios.- En este cabildo acordaron que el señor depositario general vista los cinco indios dándoles una pieza de ropa y dos varas de corde ellate de los bienes de esta ciudad que fueren a su cargo, y lo que costare con este acuerdo se le pase en cuenta.
(C.H.CH. Tomo XXXI. Actas del Cabildo Tomo XI, pág. 27, año 1905).

CABILDO DE 23 DE JUNIO DE 1634

Que se cerquen unas tierras en la Cañada.- Este día acordaron en este cabildo que, dejando calle en la placeta de la Cañada, entre el cerro y el convento de Santa Clara, se cerque la tierra que allí hay por de esta ciudad con los indios de esta ciudad, y remitieron el señalar la cerca al señor depositario y señor Francisco de León, regidor.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI. Actas del Cabildo Tomo XI, pág. 28).

CABILDO DE 10 DE NOVIEMBRE DE 1634

Comisión para tapar una acequia.- Este día se informó en este cabildo como abajo del tajamar han abierto una acequia y toma en muy gran perjuicio de la ciudad, abriéndole camino para que se entre por él, y acordaron que lo vean los señores alguacil mayor de esta ciudad y maestre de campo don Alonso de Campofrío Carvajal y Francisco de León; y que, siendo toma nueva, la manden tapar a costa de quien la abrió, a piedra y lodo, atento a no tener licencia.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI, Actas del Cabildo, vol. XI, pág. 54).

CABILDO DE 17 DE MARZO DE 1635

Sobre la madera.- En la ciudad de Santiago de Chile, en trece [sic] días del mes de marzo del año de mil y seiscientos y treinta y cinco, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y trataron del estado de la obra de los corredores de este cabildo y cuán adelante están y los altos que se han de hacer y que no se traen por falta de carretas, acordaron que el señor depositario general preste cien patacones o los de de cualquier bienes que sean a su cargo de la ciudad y los entregue al capitán Nicolas Flores regidor de esta ciudad, para que alquile carretas, donde las hubiere y las tome de quien las tuviere alquiladas, y se paguen a seis reales de alquiler o a ocho como mejor lo pudiere concertar y lo que más montare se pagará en esta ciudad y se le despache comisión para averiguar la madera que se ha cortado en otras ocasiones para esta ciudad y quien la ha sacado y gastado, lo cual se despache en forma y este acuerdo sirva de libranza.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI. Actas del Cabildo Tomo XI, pág. 89).

CABILDO DE 19 DE FEBRERO DE 1636

Adobes para el hospital.- Este día, de pedimiento del hermano mayor del Hospital Real de esta ciudad, se le dio licencia para que en la placeta de junto al río y molino del hospital, para reformarlo y hacerlo de nuevo el dicho molino, hagan la cantidad necesaria de adobes para ello, sin pagar tercio y, con que sean sin perjuicio del daño que el río puede hacer.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI, Actas del Cabildo, vol. XI, pág. 165).

CABILDO DE 4 DE ABRIL DE 1636

Mayordomo de la ermita de San Saturnino.- Este día, de pedimiento del capitán Andrés de Fuenzalida, procurador general de esta ciudad, y de Juan de Oropesa, vecino de ella, se nombró al susodicho por mayordomo de la ermita de San Saturnino para que lo sea el dicho Juan de Oropesa por el tiempo que á este cabildo pareciere para que entre en su poder la limosna que se diere de los entierros para ayuda á los reparos de la dicha ermita y que tenga obligación de dar cuenta á quien de derecho deba, y se le pide y ruega y suplica al señor provisor mande al cura no lo cobre ni entierre en la iglesia sin orden del mayordomo que ha de tener la llave para ello, y que le compela á que dé cuanta de lo atrasado que ha sido á su cargo, y de que usará el dicho oficio haga el juramento ante mí el escribano.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI, Actas del Cabildo, vol. XI, pág. 168).

CABILDO DE 10 DE AGOSTO DE 1636

Sobre el agua.- Este día, por la necesidad y falta que hay de agua, mandaron que se pregone públicamente que el agua se reparta gozando toda la que pudieren todas las semanas continuas, hasta que Dios se sirva darla copiosa, como se le suplica tres días que son lunes, y martes y miércoles, las chacras que hay donde la sierra hasta la de doña Constanza de Quiroga, y todos los demás días no saquen sino sólo la necesaria para beber y la dejen pasar y la dejen pasar para que la gocen las chacras de la otra parte y molinos de esta ciudad con la misma comodidad y como se ha acordado y hecho otras, y lo cumplan, pena de cincuenta pesos por cada vez que se averigue haber tomado el agua en el tiempo que no le tocare, aplicados para la cámara de Su Majestad y gastos de justicia; y so la dicha pena se le mande al alcalde de aguas cumpla y ejecute lo que está acordado; y este auto se apregone; estuvo presente el alcalde de aguas, á quien lo notifiqué.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI, Actas del Cabildo, vol. XI, pág. 177).

CABILDO DE 6 DE MAYO DE 1637

Que se limpie una acequia.- Habiendo tratado muchas cosas del pro de esta ciudad, acordaron que se le notifique al alcalde de aguas haga limpiar la acequia que va al convento del señor Santo Domingo y que se limpien todas las acequias de la ciudad abajo, y el procurador general pida que en los conventos que tienen molinos pongan en ellos persona español.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI, Actas del Cabildo, vol. XI, pág. 242).

CABILDO DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1637

Que se examine la acequia de la fuente.- En la ciudad de Santiago de Chille, viernes diez y ocho de septiembre de mil seiscientos y treinta y siete años, la Justicia y Regimiento de esta dicha ciudad, estando en su lugar acostumbrado y propuesto algunas cosas del bien de la república, acordaron que el alférez Francisco Ortiz Delguea y Juan Ferrel, síndico mayordomo, vayan á que se aderece por el daño que puede resultar de la agua turbia del río y se remedie con brevedad.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI, Actas del Cabildo, vol. XI, pág. 262).

CABILDO DE 16 DE OCTUBRE DE 1637

Se prohibe hacer adobes.- Este día por una petición pidió don Luis de las Cuevas, alcalde de la Santa Hermandad, se le diese licencia para hacer en la Cañada de la Chimba veinte mil adobes, y habiéndolo acordado y tratado, le denegaron la dicha licencia y revocaron todas las dadas atrás, y acordaron y mandaron que de hoy en adelante en ninguna de las Cañadas ni tierras de esta ciudad en comarca de ella se dé licencia á ninguna persona, por cualquier causa ni ocasión que haya, para que hagan ningunos adobes, atento al daño que se sigue de dar estas licencias, como la experiencia ha mostrado, y que yo el escribano para el dicho efecto no reciba ninguna petición.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI, Actas del Cabildo, vol. XI, pág. 266).

CABILDO DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 1638

Repartición de aguas.- A una petición que se presentó por las personas que tienen chácaras de la ciudad para abajo de la una y otra parte del río, mandaron que el alcalde de aguas salga mañana á compartirla, dejando a las chácaras de arriba agua para beber en el entretanto que se hace minuta de las chácaras que hay y se eche á las de abajo el agua para que rieguen, lo cual cumpla pena de que se enviará a su costa para ello y venga a dar razón de lo que hubiere hecho; y se entienda que desde el lunes hayan de gozar los de la parte de abajo toda la agua para que rieguen, lo cual cumpla pena de que se enviará á su costa para ello y venga á dar razón de lo que hubiere hecho; y se entienda que desde el lunes hayan de gozar los de la parte de abajo toda la agua por cuatro días, dejando a los de arriba agua para beber, y en el último día de los cuatro salga el alcalde de aguas a dar toda la agua por seis días a las de arriba, dejando al río para los de abajo agua para beber, y esta orden se guarde hasta que por este cabildo se mande otra cosa; lo cual ejecute y ponga penas para ello el dicho alcalde.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI, Actas del Cabildo, vol. XI, pág. 307).

CABILDO DE 21 DE ENERO DE 1639

Que se limpien las acequias.- En la ciudad de Santiago de Chille, á veinte y un días del mes de enero de mil y seiscientos y treinta y nueve años, la Justicia y Regimiento de esta dicha ciudad, estando en su lugar acostumbrado y propuesto algunas cosas de república, acordaron que el señor fiel ejecutor desde el lunes que viene veinte y cuatro de este presente mes mande limpiar las acequias para que el agua corra por ellas y no por las calles, como se ha permitido por la necesidad que había, y haga sobre ello las diligencias necesarias y ponga penas y ejecute.
(C.H.CH. 1905. Tomo XXXI, Actas del Cabildo, vol. XI, pág. 364).

CABILDO DE 24 DE ENERO DE 1641

Que se pida merced al Rey.- Acordaron que el procurador general de la ciudad pida y suplique a los señores de la Real Audiencia que informen al Rey, nuestro señor, que el residuo que queda de los novenos de los diezmos, que será hasta un mil pesos, haga merced a esta ciudad para que entren en el colegio de la Compañía de Jesús hijos beneméritos, y para ello haga las diligencias necesarias, para lo cual le da el poder en forma y para que represente á los dichos señores las causas que convinieren y hay para esta merced.
(C.H.CH. 1906. Tomo XXXII, Actas del Cabildo, vol. XII, pág.96).

CABILDO DE 8 DE FEBRERO DE 1641

Mayordomo de la capilla de la cárcel.- En este cabildo se acordó en consideración del mucho cuidado que tuvo el capitán don Juan del Castillo, siendo regidor de esta ciudad, de asistir a la obra de la capilla de la cárcel de la dicha ciudad, de que se mostró muy afecto á ello el dicho don Juan del Castillo, se le encarga acuda al adorno de dicha capilla para que en ella se pueda celebrar misa, teniendo lo dicho, así cuidado, como de su persona se confía, y al punto ponga cuidado de acudir a dicho, para cuyo efecto cobre todas las condenas con claridad y distinción por escrito, y pondrá los gastos que se causaren para dar cuenta cada que se le mande; y para recibir dichas condenaciones se le da poder en forma y lo mismo para las limosnas que se juntaren.
(C.H.CH. 1906. Tomo XXXII, Actas del Cabildo, vol. XII, pág. 98).

CABILDO DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 1641

Que se mande aderezar los corredores del cabildo.- Este día se acordó y mandó a Juan Ferrel, mayordomo de esta ciudad, estando presente, que mande aderezar los corredores de cabildo para cuando el señor Marquéz venga y se hagan las fiestas, y este auto sirva de libranza para que se le pase en cuenta lo que gastare y compre las tablas necesarias.
(C.H.CH. 1906. Tomo XXXII, Actas del Cabildo, vol. XII, pág.132).




CABILDO DE 30 DE OCTUBRE DE 1641

Que se haga aderezar las acequias de la ciudad el alcalde de aguas.- Este día acordaron que el alcalde de aguas acuda á las tomas de esta ciudad y las repare, que no entre tanta agua, y mande, como a quien toca, aderezar las acequias de la ciudad.
(C.H.CH. 1906. Tomo XXXII, Actas del Cabildo, vol. XII, pág.311).

CABILDO DE 14 DE JUNIO DE 1647

Sobre los reparos de la ciudad.- En la noble y muy leal ciudad arruinada de Santiago de Chille,. después de diferentes juntas que el cabildo de esta ciudad y particularmente de ella han fecho en la plaza de esta ciudad, por no haber donde juntarse, por haberla arruinado toda el terremoto pasado, en la dicha plaza se juntó este día la justicia y regimiento de esta ciudad que abajo firmarán sus nombres, en catorce días del mes de junio de mil y seiscientos y cuarenta y siete , donde el capitán don Francisco de Urbina y Quiroga, procurador general de ella, propuso lo siguiente. Cuánto importaba que Su Señoría los más días de la semana se juntasen a cabildo los capitulares de él para tratar de el bien de la república, vecinos y moradores de ella y de las religiones, hospital y cárcel, como extrajudicialmente se ha hecho, y para la reedificación de la cárcel, casa de cabildo y molinos, y demás efectos que conviene, para saber los mantenimientos y cosas que han quedado y que en todo tiempo haya claridad, y de los papeles y recaudos de esta ciudad, y que en todo y otras cosas que propuso, Su Señoría ordene lo que más convenga al bien de la república; y que sobre los censos de la ciudad, casas de cabildo y tiendas se vea lo que se puede reedificar y reparar y la capilla de la cárcel, y lo que hubiere quedado de puertas y ventanas se ponga en guardia y custodia de lo que haya quedado que [se] pueda aprovechar. Y habiendo conferido y tratado sobre ello y visto por vista de ojos que todas las casas de cabildo, capilla y tiendas está arruinado y los corredores lo más caído y quebradas las maderas y abiertas las paredes, y que solo la audiencia ordinaria que por de fuera, esta al parecer, algo más bien acondicionado, no por haberse podido entrar dentro, por estar las puertas cargadas con lo que sobre ellas ha caído, acordaron que el capitán Felipe de Aspe mayordomo de esta ciudad, valiéndose de lo que en su tiempo ha rentado la pescadería y los censos de la ciudad y de los peones y jornaleros, que han ofrecido dos el señor corregidor y dos el señor capitán don Antonio Chacón, y un albañil el señor procurador general, y los demás que dieren los señores del cabildo y alquilado los que pudiere, y comprado los azadones necesarios, deshaga los altos de las dichas casas de cabildo hasta el entresuelo, guareciendo en la sala de audiencia ordinaria la madera y teja, puertas y ventanas que han quedado, para que, estando para ello los bajos, con la misma madera se puedan cubrir siendo suficiente, ó comprando la que faltare, pues se ve por vista de ojos la pérdida; y lo mismo se haga en cuanto a la capilla, derribando de ella lo que convenga, y si de las tiendas se puede guarecer algunas, se procuren cubrir y apuntar con la mayor prisa que se pueda.
(C.H.CH. 1906. Tomo XXXIII, Actas del Cabildo, vol. XIII, pág.190-191).

CABILDO DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 1647

Sobre las calles.- Asimismo se trató en este cabildo que por cuanto las calles de esta ciudad están barrancosas y con cerros de tierra, en parte procedidas del terremoto que sucedió a los trece de mayo de este año y no se puede andar por ellas sino es con mucha descomodidad y particularmente mujeres, y en parte muchas paredes que amenazan caerse, por haber quedado tan maltratadas, de donde puede suceder alguna desgracia o desgracias, acordaron que los señores de este cabildo cada uno coja una calle reconozca las paredes que necesitaren hacerse derribar y las hagan derribar al suelo, y limpiar las calles para que estén tratables y se pueda andar por ellas con seguro por las calzadas que había o formas de ella, y esto se haga con vista del alarife y á costa de las personas interesadas y donde les tocare, conforme a la pertenencias de las casas, mandado con pena a cada vecino o morador y dueño casa limpie su pertenencia y derribe en la forma dicha, señalándoles tiempo para ello, con apercibimiento que se hará a costa de ellos, sacándoles prendas para la dicha limpia.
(C.H.CH. Tomo XXXIII. Actas del Cabildo Tomo XIII, pág.214, año 1906).

CABILDO DE 22 DE MARZO DE 1650

Sobre el gasto de la iglesia de la catedral.- Este día se trató que por cuanto habiéndose arruinado la iglesia catedral de esta ciudad con el terremoto que hubo con toda la ciudad a trece de mayo de cuarenta y siete ha sido su Divina Majestad servido de que se haya reedificado y acabado y la dedicación de ella pidió al señor ilustrísimo que esta ciudad y cabildo como cabeza de ella hiciese la costa de la festividad, como era justificado, y que siéndolo, como es tan notorio y tan en pro de la ciudad, acordaron la palabra se hiciese la costa a cuenta de los propios de la ciudad; y habiéndose hecho con la moderación posible, se habían gastado setenta y cinco patacones y cinco reales, y que el mayordomo de esta ciudad pedía libranza para que se le pasasen en cuenta, y considerando los pocos precios de la ciudad y empeño que tienen, acordaron que la mitad sea a costa de los propios de la ciudad y se le pasen en cuenta al dicho mayordomo y lo demás se trate entre las personas de este cabildo, para que de sus propios bienes lo paguen para más servir á esta república y a su Divina Majestad.
(C.H.CH. 1907. Tomo XXXIV, Actas del Cabildo, vol. XIV, pág.16).

CABILDO DE 11 DE AGOSTO DE 1650

Cabildo abierto.- Este día se llamaron a cabildo abierto a los vecinos de esta ciudad y algunas personas de el comercio, para hacerles saber el pedimiento que el señor fiscal ante los señores de la Real Audiencia en razón de las obras públicas de casas reales y casas de cabildo y tajamar y puente de Maipo, y que mandaron sobre ello y sobre los arbitrios que da el señor fiscal para hacer las dichas obras; y habiendo tratado sobre ello y leído todo el pedimento y lo acordado a ello por los señores de la Real Audiencia, dijeron que la materia es grave; y habiendo conferido sobre ello y pidiéndoles que votasen, el señor general don Tomás Calderón, dijo que su voto y parecer es que las obras que el señor fiscal propone en su escrito las tiene por convenientes y necesarias, pero por el imposible de poderlas hacer en un mismo tiempo, juzga por más precisa y necesaria la obra de el tajamar, como la que mayor ruina amenaza y que ésta se haga echando derramas entre los vecinos y demás interesados, para que con lo procedido de ellas se haga la dicha obra, y que el puente del Maipo se haga por ahora de cables, como la ha habido de treinta años a esta parte y en tiempo que los vecinos estaban con mayor alivio y no tan necesitados como hoy lo están; y que las casas reales se podrán hacer a costa de la hacienda pública, pues, Su Majestad, que Dios Guarde, estando informado de los trabajos y ruinas de esta ciudad, ha sido servido de aliviarla y ayudarla para su reedificación, no ha de ser gravada á que á su costa se haga la dicha obra; y que las casas de cabildo, en lo que les falta, se podrán hacer hecho el tajamar y el puente, como obras más precisas y necesarias, sin que sea gravada esta república con las imposiciones propuestas, porque siente que son en contra de los mismos vecinos y muchos que son y han de ser interesados en el dicho tajamar no lo son en los géneros y que echando derrama á cada uno conforme á su caudal, se vendrá a hacer con igualdad; y atento que ha de ser de mucha cantidad, que se pague por años, hasta que se acabe la obra, y que la fábrica se haga de el dicho tajamar en la forma que Su Señoría de este cabildo acordare. Y todos los demás que se hallaron y abajo firmarán sus nombres fueron del mismo parecer y se conformaron con el del dicho general don Tomás Calderón.
(C.H.CH. 1907. Tomo XXXIV, Actas del Cabildo, vol. XIV, págs.40-41).

OTRO CABILDO DE 7 DE DICIEMBRE DE 1650

Merced a doña Juana Valenciano.- Este día de pedimiento de doña Juana Valenciano, atento a habérsele inundado su casa con el río que ha salido, en la que tiene junto al cerro Santa Lucía, y que no ha quedado habitable, se le hizo merced de un cuarto de solar por sus días y de su madre para que haga en qué vivir, conque después de sus días vuelva a la ciudad, pagándole lo que edificare, sin que lo pueda dar a otra persona ni convento, y que lo vean y señalen los señores capitán don Luis de las Cuevas y Mendoza y don Francisco de Erazo, Alférez Mayor, y general don Valeriano de Ahumada, Alcalde de la Santa Hermandad, vean el sitio; y siendo sin perjuicio, se le señale el dicho cuarto de solar, y la merced original se le entregó, mandando poner esta razón en el libro de cabildo para que conste.
(C.H.CH. 1907. Tomo XXXIV, Actas del Cabildo, vol. XIV, pág.71).

CABILDO DE 13 DE OCTUBRE DE 1651

Sobre el reparo de las tiendas de la ciudad.- En este cabildo pidió el señor procurador general questa ciudad tiene tres tiendas que cada día van empeorando por no haberse reedificado desde que sucedió el terremoto, en que recibe mucho daño la ciudad, por no gozar de rentas de ellas y que se manden reedificar, y dichos señores acordaron que luego se ponga en ejecución la dicha reedificación de dichas tiendas, y el síndico, alférez Miguel Romo, vaya previniendo materiales para que se haga dicha reedificación, poniendo en ello toda la celeridad que convenga.
(C.H.CH. 1907. Tomo XXXIV, Actas del Cabildo, vol. XIV, pág.179).

CABILDO DE 15 de FEBRERO DE 1652

Sobre los ratones.- Este día se trató de el grave daño que los ratones hacen a las sementeras y viñas y lo mucho que amenaza la inundación que hay de ellos y la peste en los ganados, y acordaron que se suplique al señor ilustrísimo sea servido de que se hagan rogativas y maldigan, en conformidad a lo dispuesto, y que el señor procurador general haga en razón de ello todos los pedimentos que convenga, y que el señor maestre de campo Don Gaspar de Ahumada y el señor procurador general hablen al señor Obispo para que se haga lo que su señoría acordare.
(C.H.CH.1907. Tomo XXXIV, Actas del Cabildo, vol. XIV, pág.213).

CABILDO DE 9 DE MAYO DE 1652

Sobre las tiendas de la ciudad.- Este día acordaron presente el mayordomo de esta ciudad, alférez Miguel Romo, que con diligencia y cuidado, haga que el capitán Miguel de Oñate concluya y acabe las tiendas de esta ciudad, como está obligado, pues es pasado su tiempo de su obligación.

Sobre el aseo de la ciudad.- Este día acordaron quel señor fiel ejecutor con puntualidad, haga limpiar las acequias y calles de la ciudad y haga dar abasto á las carnicerías, con el cuidado y diligencia que se fía de su merced.
(C.H.CH. 1907. Tomo XXXIV, Actas del Cabildo, vol. XIV, pág. 239).

CABILDO DE 25 DE MAYO DE 1652

Sobre la festividad de Corpus.- Este día acordaron que los señores de cabildo tomen a su cargo el colgar las calles para la festividad de el Santísimo Sacramento, y repartieron la plaza, por no estar las calles acostumbradas para ello; el señor corregidor, la primera calle, la de los Mercaderes; el señor receptor general y capitán Domingo García Corvalán, la calle de el capitán don Jerónimo de Bahamonde y doña María de Córdoba; los señores alcaldes y el señor alféres Pedro Delguea y el señor procurador general, desde la calle de las casas de cabildo hasta las casas que fueron de Audiencia Real; y de allí a la iglesia, el señor don Diego de Aguilar y Maqueda y don Antonio de Sagredo; y se les dió comisión para mandar todo lo necesario para que se haga como convenga y penar y procesar los inobedientes, y lo mismo el otavario.
(C.H.CH. 1907. Tomo XXXIV. Actas del Cabildo, vol. XIV, pág. 245).

CABILDO DE 23 DE ENERO DE 1660

Construcción de sacristía en la iglesia de la cárcel y refacción de la Casa de Cabildo.- Este día acordaron que el síndico-mayordomo de esta ciudad, de los bienes de su cargo, vea, con asistencia de el señor alcalde, maestre de campo don Gaspar de la Barrera, las cantidades que hay más prontas para hacer en la iglesia de la cárcel de esta ciudad una sacristía y se aderecen las casas y sala de cabildo, para que, visto, se disponga el hacerlo antes que entre el invierno, por estarse cayendo y no poder aguardar, y que el señor corregidor y el señor alcalde don Gaspar de Barrera vean a los señores del Cabildo Eclesiástico para que si quieren ayudar en algo, por razón de haberse de servir la sacristía, lo hagan.
(C.H.CH. 1908. Tomo XXXVI, Actas del Cabildo, vol. XVI, pág. 9)..

CABILDO DE 2 DE MARZO DE 1660

Que se repare la sala de cabildo.- Este día propuso el señor procurador general cómo la sala de cabildo está tan maltratada, que sirve al presente de sacristía, y de no repararse se ha de caer, y habiendo tratado sobre ello, acordaron que el señor capitán don Diego Aguilar y Maqueda, regidor de esta ciudad, tome a su cargo el mandar reparar la sala de cabildo y todo lo necesario gaste de los propios de esta ciudad, y su merced se hizo cargo de ello, dándole gente para ello y plata para el gasto; acordaron que el síndico dé todo lo que librare para el dicho efecto el dicho señor capitán don Diego de Aguilar, que para ello se le da comisión bastante, y este acuerdo sirva de libranza y con su recibo se le pase en cuenta, y prefiera este acuerdo a todas las demás libranzas que se han dado.
(C.H.CH. 1908. Tomo XXXVI, Actas del Cabildo, vol. XVI, pág. 20).

CABILDO DICIEMBRE DE 1660

Acerca de los entierros.- Este día, habiendo tratado sobre y en razón de los extraordinarios gastos que se hacen en los entierros y excesos que en ellos se cometen contra lo acordado y mandado por su Majestad y señores de la Real Audiencia de este reino, y acordaron que el señor procurador general, que es o fuere, pida ante los dichos señores de la Real Audiencia cumpliendo de lo acordado en la dicha razón y lo que más convenga.
(C.H.CH. 1908. Tomo XXXVI, Actas del Cabildo, vol. XVI, págs. 65-66).

OTRO CABILDO DE 10 DE OCTUBRE DE 1663

Acerca de las fiestas reales.- En la muy leal ciudad de Santiago de Chile, en diez días del mes de octubre de mil y seiscientos y sesenta y tres años, el cabildo, justicia y regimiento se juntó en su lugar acostumbrado a son de campana tañida, para conferir en este cabildo sobre lo nuevamente determinado por estos señores de la Real Audiencia sobre el auto revistado sobre la suspensión de las fiestas reales, declarando no haber lugar se prosiguiesen dichas fiestas, sin embargo de lo pedido y alegado por este cabildo, suplicando del primer auto, que no y otro se notificaron este mismo día á las justicias; y habiéndose conferido, acordaron se pida por escrito á dichos señores los testimonios necesarios de los autos hechos en esta razón y que los escribanos públicos del número de esta ciudad den por fe y testimonio la prevención y aparato de tablados y andamios que están hechos en esta plaza para celebrar las fiestas reales mañana, que se contarán once del corriente, para ocurrir con ellos y dar cuenta a Su Majestad de haber cumplido con la obligación de sus fieles y leales vasallos en el regocijo que, como tales, tenían dispuestas hacer en celebración del nacimiento de nuestro príncipe y señor don Carlos Joseph, que Dios guarde por muchos años; y asimismo acordaron se escriba á Su Magestad dándole cuenta de todo lo referido, y se comete la carta al señor capitán don Bernandino de Urbina y Quiroga, y que en ella diga la ocasión que movió á estos señores á la suspensión de las fiestas.
(C.H.CH. 1908. Tomo XXXVI, Actas del Cabildo, vol. XVI, pág. 196).

CABILDO DE 25 DE OCTUBRE DE 1664

Sobre agua para un molino.- Este día el dicho procurador general como hizo llamar al maestre de campo don Antonio Calero Carranza para saber el estado que tenía el trato que con el señor Presidente tenía hecho sobre traer el agua de Ramón por cantidad de quinientos pesos, hasta la cruz del molino del hospital, y hecha esta propuesta al dicho señor maestre de campo don Antonio Calero, dijo: que yendo con dicho señor Gobernador á Vitacura á ver el agua de un manantial que hay allí, le dijo el señor Gobernador: ¿qué le parece a V. M. el poner esta agua en el molino del hospital? y le respondió el dicho don Antonio: paréceme que se puede poner con quinientos pesos; y dijo el señor Gobernador ¿por qué piensa que le pregunto esto? y dijo el dicho don Antonio: si es por que yo lo haya de hacer y si á Vuestra Señoría le parece, la haré yo hacer, y se entiende que no he poner ninguna cal ni ladrillo, porque yo no tengo caudal para ello, por estar pobre, y que es eso cosa de tres o cuatro mil pesos; y después se resolvió que fuese el agua de Ramón y juntamente con el señor Gobernador lo fueron a ver y aunque se acrecienta más instancia, la hará traer hasta aquel paraje que se ne[ce]site la cal y ladrillo, que es á la boca de la cañada, y esto dio por su repuesta y que siente no tener otro empeño.
(C.H.CH. 1908. Tomo XXXVI, Actas del Cabildo, vol. XVI, págs. 412-413).

CABILDO DE 30 DE ENERO DE 1665

Sobre cal y ladrillo.- Este día propuso el señor general don Alonso de Soto y Córdova, corregidor y justicia mayor y lugar-teniente de capitán general, como persona á quien estos señores del cabildo tienen cometido el gasto que se va haciendo en la zanja para la pila y en los demás materiales de cal y ladrillo, y que siendo el más necesario el de los arcaduces, buscó en compañía del señor maestre de campo don Alonso de Rodríguez de Ovalle, alcalde de segundo voto, un religioso lego de Nuestra Señora de las Mercedes, quien con consentimiento del Reverendo Padre Provincial está dispuesto á hacer dichos arcaduces [y] el dicho religioso es viejo y hace la obra con tanta libertad, que dice le dé la Ciudad por su trabajo lo que quisiere, y por ser, como es, viejo y de poco trabajo y no tener en la viña de su convento donde asiste, horno en que quemar los dichos arcaduces con comodidad para su labor, dijo que sería conveniente traerlo á su propia casa, dándole el fomento necesario y costeando un hornillo pequeño para cocer dichos arcaduces, que aunque el dicho general dijo haber visto los que se hacen en la viña de la Compañía y estar buenos y vidriados y tener mucho costo, juntamente con dilación de tiempo que pide el religioso de la Compañía para su despacho; y viendo dichos señores la muestra de los arcaduces que hace el lego de la Merced y cuanto es lo que se ahorra en ellos; y habiendo oído por este cabildo la propuesta de dicho señor general, en consideración de las causas que se refiere, y que es tan notoria la inteligencia de este religioso en el arte y en causa tan pública y necesaria el mucho ahorro de la ciudad en el costo, dando muchas gracias á su merced y al señor maestre de campo don Alonso Rodríguez de Ovalle, por la parte que le toca, acordaron que se prosiga en lo que el señor general tiene dispuesto y en lo más que fuere servido y viere que conviene, librando lo que se costeare, de que tendrán cuenta las personas en quien paran el dinero que el señor presidente, gobernador, capitán general de este reino tiene prestinado; y así lo acordaron.
(C.H.CH. 1909. Tomo XXXVII, Actas del Cabildo, vol. XVII, pág. 12).

CABILDO DE 13 DE FEBRERO DE 1665

Sobre los caños que se están haciendo en la plaza.- Este día propuso el dicho señor general don Alonso de Soto lo que va obrado en los caños para la fuente de la plaza, y que cada día se ofrecen diferentes costos con el religioso que los hace y los peones, y para no detenerse será necesario tener libranza dispuesta para los propios de esta ciudad y que corra por su mano lo que se hubiere de librar; y en consideración de lo dicho, acordaron que su merced dicho señor corregidor libre todo lo que le pareciere necesario para el dicho gasto y se le pasarán en cuenta al síndico-mayordomo de esta ciudad o á la persona en cuyo poder pára dicho dinero que está destinado para este gasto.
(C.H.CH. 1909. Tomo XXXVII, Actas del Cabildo, vol. XVII, pág. 14).

CABILDO DE 11 DE ABRIL DE 1665

Sobre la pila.- Este día el señor don Alonso de Soto y Córdoba que ha estado asistiendo á la obra de la pila, y que en el tiempo que ejerció el puesto de corregidor, dispuso los materiales y compró, como son: trescientas fanegas de cal, que se están conduciendo, y parte de ella en poder del síndico, que costó á veinte reales, y veinte y nueve mil ladrillos, que hizo por cuenta de la ciudad, y quince mil que tiene pagados en Antonio Gómez, y otros seis mil que se están haciendo en la chacra de don Rodrigo Gatica; éstos no están pagados y pide que se conduzcan, en los cuales materiales y peonadas de la acequia daré la cuenta para el primer día de cabildo y pide que el señor general y los señores alcaldes cuiden de los materiales porque no tengan menoscabo; y habiendo visto dicha propuesta, el señor general propuso de que se le haga saber que se reconozca la cantidad de ladrillos que hay en la ranchería, y visto, dé cuenta al señor maestre de campo don Alonso Rodríguez de Ovalle; y que el señor Alonso de Soto y Córdoba traiga, para el primer día de cabildo, razón de o que se ha gastado, á quien este cabildo encarga cuide dicha obra, y el dicho señor general don Melchor de Carvajal, en particular, por estar su merced ocupado en negocios graves y en particular en lo de la proveeduría y despacho de trigos.
(C.H.CH. 1909. Tomo XXXVII, Actas del Cabildo, vol. XVII, pág. 29).

CABILDO DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 1667

Reedificación de la catedral.- Este día propuso el señor general don Tomás Calderón, corregidor y justicia mayor, lugar teniente de capitán general, cómo la fábrica de la iglesia mayor Catedral de esta ciudad había parado, con el desconsuelo de los vecinos de esta ciudad, y para disponer el remedio que fuese conveniente, se había juntado [sic] el negocio con el abocado de este cabildo, y con lo que respondió á la consulta se volvió á conferir la materia en este cabildo extraordinario, porque convenía más resolución en la brevedad y prontitud posible, y que para efecto de las diligencias que se habían de obrar, en conformidad de lo resuelto, se diese poder al dicho señor procurador general, capitán Juan de Ureta Ordoñez, para que en nombre de esta ciudad comparezca ante quien y con derecho deba y pida lo que hallare ser necesario para la reedificación de dicha santa iglesia y que tenga complemento la fábrica de ella, representando lo mucho que los vecinos de esta ciudad han gastado en su edificación y reedificación, haciéndola la primera vez á su costa y en las demás ruinas que ha padecido contribuyendo con cantidades muy considerables; y visto el punto y conferida la materia por los señores de este cabildo, unánimes y conformes, acordaron que se dé poder especial al señor procurador general de esta ciudad para que por lo que toca al bien público y conveniencia universal de todos los vecinos y moradores de esta ciudad pida en complemento de la reedificación de esta santa iglesia y que se haga se los efectos que, conforme á derecho, están aplicados y se deben aplicar para dicha fábrica; en cuya conformidad otorga que, dado el poder cumplido y especial para este caso al dicho señor capitán don Juan de Ureta para que pueda comparecer en juicio y hacer pedimentos con general facultad, para todo aquello que convenga y que este cabildo por sí pudiera hacer, y este poder y propuesta le dará el presente escribano los tantos que pidiere, para que en virtud de ello legitime su persona, atento á que la dicha obra se halla en estado de enmaderar y la torre acabada, mediante la asistencia y cuidado que en su fábrica ha puesto el señor general de la artillería don Francisco Meneses, del consejo de Su Majestad, gobernador y capitán general de este reino y presidente de esta Real Audiencia, contribuyendo con muchos jornales y peones y materiales, que han sido la parte más considerable y esencial de su reedificación, y por el mismo caso que se halla tan próximo su complemento, que es poco lo que falta, crece el sentimiento de los vecinos de esta ciudad por ver que se retarda en poner la última mano á la obra, y por esta misma razón encargamos al señor procurador general ponga especial cuidado en la brevedad de este negocio, como acostumbra en todos los que son á su cargo, con atención de que si aconteciese un terremoto, de los muchos que padece este reino, hallándose las paredes de la dicha iglesia y los arcos de ella por cargar y enmaderar, faltándoles el peso y trabazón de las maderas están más sujetas á las ruinas de los dichos torromotos [sic], por leves que sean.
(C.H.CH. 1909. Tomo XXXVII, Actas del Cabildo, vol. XVII, págs. 201-202).

CABILDO DE 15 DE FEBRERO DE 1669

Prorrata de dinero para la construcción de un puente en el río Mapocho.- Este día propusieron los señores capitán don Fernando Canales de la Cerda, alcalde de segundo voto, y licenciado por este cabildo, tienen hecha la prorrata de las chacras que están de la otra banda del río de esta ciudad y estancias de los curatos de Lampa y Colina y de ella hacían demostración para la fábrica del puente del río de esta ciudad, y que de dicha prorrata resultaba haberse hallado noventa y ocho chacras, entre las cuales estaban prorratados seiscientos y ochenta y nueve pesos, y que se hallaron veinte y nueve estancias en los dichos curatos de Lampa y Colina, entre las cuales estaban prorratados ciento y setenta y ocho pesos, que una y otra cantidad es de ochocientos y sesenta y siete pesos, y que convendría prorratar los partidos de Aconcagua y Quillota, que son también especialmente interesados en el dicho puente. Y habiéndose conferido por los señores de este cabildo, unánimes y conformes acordaron que los dichos señores nombrados hagan prorrata de cien pesos en el partido de Aconcagua y doscientos pesos en el corregimiento de Quillota, y que la prorrata hecha de las chacras y estancias de Lampa y Quillota se entreguen al señor procurador general de esta ciudad para que pida venia y confirmación de los señores presidente é oidores de esta Real Audiencia, y desde luego queden aplicados los mil pesos de dichas prorratas á la fábrica de dicho tajamar, y los ciento y tanto restantes para el cobrador, por expensas de la cobranza y faltas de lo que se dejase de cobrar, y en esta conformidad se pida la dicha licencia y confirmación de dichas prorratas.

Tocante a las acequias.- Este día se acordó por el señor general don Pedro de Prado, corregidor y justicia mayor de esta ciudad, lugar-teniente de capitán general, cómo por las acequias de esta ciudad se derrama mucha agua por las calles, y que para su ejecución se cometía la parte de la plaza á la Cañada al señor Jerónimo de Quiroga, y de la dicha plaza al río, al señor capitán Diego Gómez Pardo, y así mismo se le encarga al señor fiel ejecutor el aliño de las puentes, y que sobre ello impongan multas y lo ejecuten.
(C.H.CH. 1909. Tomo XXXVII, Actas del Cabildo, vol. XVII, pág. 339-340).

CABILDO DE 8 DE AGOSTO DE 1670

Queja por el agua de una acequia.- Este día propuso el señor general don Juan Rodulfo, alcalde ordinario de esta ciudad, cómo los padres del seráfico San Francisco se le han quejado de que la acequia que pasa por la plazuela de San Saturnino les hace mucho daño en la limpieza de la acequia de donde se bebe; y visto, se acordó que los señores Jerónimo de Quiroga y general don Dionisio reconozcan el marco que está en casa de Juan Calderón y remedien, por ser causa pública.
(C.H.CH. 1909. Tomo XXXVIII, Actas del Cabildo, vol. XVIII, pág. 69).

CABILDO DE 11 DE ABRIL DE 1671

Sobre obras públicas.- Este día el señor gobernador don Gaspar de Ahumada, corregidor y justicia mayor, lugar-teniente de capitán general, [dijo] que entre las obras públicas que con precisa necesidad se deben proseguir y reparar por amenazar ya la entrada del invierno, son la sala y casas de este cabildo, el tablado del corredor y tiendas, y trastejo y puertas de la capilla de San Antonio, por haber quedado sin ellas, y asimismo el reparo de muchos portillos del tajamar, por donde amenaza el río en cualquier crecimiento que pueda tener con las lluvias, y que para todo es necesario que se acuerde el que el síndico mayordomo de esta ciudad acuda con los propios de ella, aunque más de hasta donde alcanzare, cantidad de quinientos pesos, dando habido del estado y gasto que tuviere hecho, por si fuere menester el librarle más cantidad; y vista la propuesta, los señores capitulares que se hallaron este día acordaron que el síndico mayordomo de esta ciudad acuda luego á dichas obras y reparos y gaste la cantidad de los quinientos, dando cuenta a los señores gobernador don Gaspar de Ahumada y capitán don Francisco de Eraso, y que si se necesitare de más cantidad que los dichos quinientos, dará cuenta dicho síndico á este cabildo, para que se acuerde sobre ello lo que se ha de hacer y este acuerdo sirva de libramiento en forma; y aunque se confirieron otras cosas se dejó para otro cabildo.
(C.H.CH. 1909. Tomo XXXVIII, Actas del Cabildo, vol. XVIII, pág. 138).

CABILDO DE 19 DE JUNIO DE 1671

Pila de la Plaza.- Este día acordó que el señor capitán Jerónimo de Quiroga, regidor propietario, por la satisfacción que se tiene de su celo y cuidado, se haga cargo de la fábrica de la pila que se ha de hacer en la plaza de esta ciudad y continúe la obra del estado que hoy tiene hasta ponerla en perfección y recoja los materiales que hubiere tocantes á esta obra y dé noticia á este cabildo de los medios que le parecieren convenientes, para que en el primer día de ayuntamiento se acuerde lo que convenga.
(C.H.CH. 1909. Tomo XXXVIII, Actas del Cabildo, vol. XVIII, pág. 151-152).

CABILDO DE 27 DE JUNIO DE 1671

Sobre el agua del molino de la Merced.- Este día el señor capitán Martín de Urquiza, alcalde ordinario de esta ciudad, y el señor alguacil mayor don Antonio Martínez de Vergara, dijeron que en conformidad de lo acordado por el otro cabildo antecedente, comunicaron con el reverendo padre fray Antonio Valles, digo, con el reverendo padre maestro fray Juan de la Cruz, del Orden de Nuestra Señora de las Mercedes, provincial de esta provincia sobre que se moderasen el agua del molino que tiene el convento de esta ciudad, reduciéndola a la cantidad y forma del permiso de este cabildo, con apercibimiento que se demolería la acequia, por la inundación que causaba; el dicho reverendo padre provincial respondió que, siendo comendador del dicho convento el reverendo padre fray Juan Modón, se había tratado por este cabildo de comprar toda la tierra baldía que tiene esta ciudad detrás del cerro Santa Lucía y que sobre ello se hicieron autos, y que efectuándose la venta de la dicha tierra, mudaría á ella el dicho molino, con utilidad y aumento de los propios de esta ciudad y del reparo del río; y los señores de este cabildo dijeron [que] para que el primero que se hiciere, se traigan los autos que hubiere en esta razón, con cuya vista se acordaría lo que conviene.
(C.H.CH. 1909. Tomo XXXVIII, Actas del Cabildo, vol. XVIII, pág. 154).

CABILDO DE 19 DE ABRIL DE 1675

Adobes que se hacen en la Cañada.- Este día se acordó por todos los dichos señores que en la Cañada de esta ciudad están haciendo adobes sin licencia de este cabildo, y para que se cesen de hacer dieron comisión al señor don Antonio de Carvajal, fiel ejecutor, y al señor don Antonio Romo para que todos los adobes que hallaren hechos los quiten y pongan en parte segura, para que los dueños paguen lo que debieren en adobes, según costumbre, y los embarguen y den á ninguno de los dueños cosa ninguna.
(C.H.CH. 1909. Tomo XXXVIII,. Actas del Cabildo, vol. XVIII, pág. 441).

CABILDO DE 28 DE ENERO DE 1676

Aderezo de las acequias.- Este día, el señor general don Ignacio de Carrera, caballero del Orden de Alcántara y alcalde ordinario propuso que se diese razón de lo que se había obrado en ejecución de lo acordado en los cabildos antecedentes por las personas á quienes se les estaba cometido; y el señor capitán don Fernando Canales, fiel ejecutor y regidor de esta ciudad, á quien se le ha cometido la limpieza y el aderezo de la acequia que atraviesa por la plaza de esta ciudad, dijo que esta tarde daría principio á la limpieza, y que por haber estado enfermo, no había podido empezar antes. Y por no haber concurrido á este cabildo el capitán don Pablo Galindo, á quien se le cometió la limpieza de la acequia que sale por la portería de Nuestra Señora de la Merced, se dio noticia por otras personas de este cabildo de cómo estaba actualmente en la ocupación de su cargo y la iba continuando.
(C.H.CH. 1911. Tomo XL. Actas del Cabildo vol. XX, pág.10-11).

CABILDO DE 10 DE MARZO DE 1676

Inundaciones causadas por el molino del convento de la Merced.- Este día, el señor gobernador don Ignacio de Carrera, caballero de la Orden de Alcántara y alcalde ordinario, dijo que en el cabildo antecedente [se] le encargó dé parte de las inundaciones que causa la acequia del molino de la Merced, que con asistencia de los señores don Matías de Toro, depositario general, y capitán don Fernando de la Llana, procurador general, y el del maestro de cantería, hizo vista de ojos de la dicha acequia, y habiendo reconocido el daño, que se podía remediar con distribuir el agua de la dicha acequia después que sale del dicho molino, con buena proporción, acordó con el reverendo padre [comendador] del dicho convento que por ahora la dicha agua, que se parte en cuatro acequias dentro de dicho convento, se divida con la dicha proporción, poniendo marco en la división, para que sea permanente y segura la porción que cada una de las dichas acequias hubiere de llevar; y el dicho padre comendador prometió que dentro de ocho días pondría los dichos marcos, y por la experiencia que diere esta diligencia, si todavía se reconociere inconveniente [sic] en la abundancia del agua, se pondrá marco á la acequia del dicho molino por la parte de arriba, para moderar la cantidad necesaria, que no reciba el dicho molino más agua de la conveniente á la distribución de las cuatro acequias; y los señores de este cabildo aprobaron la disposición del dicho señor general [y] se le encargó la ejecute como le pareciere conveniente.
(C.H.CH.1911. Tomo XL, Actas del Cabildo, vol. XX, pág. 29).

CABILDO DE 19 DE OCTUBRE DE 1676

Cumplimiento de la ordenanza sobre aliño de calles.- En este día el señor maestro de campo general don Francisco Arébalo Brizeño, corregidor justicia mayor de esta ciudad, hizo juntar a son de campana á los señores de este cabildo, para efecto de que se notifique é hiciese saber un auto proveído por los señores presidente y oidores de esta Real Audiencia, en que mandan que, en ejecución y cumplimiento de las leyes y ordenanzas reales de este cabildo, disponga la limpieza y aseo de las calles y que en ellas no haya inmundicias ni cuerpos corruptos y que desagüen y quiten los lodos y humedades; y así juntos los dichos señores, se leyó y notificó el dicho auto, y en su conformidad acordó el dicho señor corregidor proveer auto en esta razón, mandado, con pena de cuatro pesos por la primera vez y de diez pesos por la segunda y por las demás á su arbitrio, aplicadas por mitad, cámara de Su Majestad y obras públicas; y si fuere negro, indio ó mulato el que contraviniere y no tuviere con qué pagar la dicha multa, sea para él la pena de cincuenta azotes en el rodillo de la plaza de esta ciudad, para que, debajo de ellas, todas y cualesquiera personas, de cualquier calidad y condición que sean, vecinos y moradores, estantes y habitantes en esta dicha ciudad, tengan limpias y barridas las calles correspondientes á las casas de sus habitaciones, y que no echen basura en ellas, ni por los desagües y albañales echen agua de manera que hagan que causen lodos, y que tengan acequias de sus casas limpias y corrientes y los puentes de las calles aderezados por las personas de cuyas casas salen y á cuyas casas entran las acequias, atravesando la calle; y por cuanto en este cabildo se ha trabajado y se trabaja continuamente en el aseo y limpieza de las dichas calles y acequias y en el aderezo de puentes, encargándolo á los fieles ejecutores, por sus turnos, y es cosa que pide continua ocupación, y que habiéndose puesto toda la diligencia posible todavía no se ha podido remediar enteramente, porque en los conventos de religiosos y religiosas de esta ciudad se ha topado la mayor dificultad, así para la limpieza de las acequias como ahora las calzadas de las calles, y especialmente respecto del convento de monjas de la Limpia Concepción de esta ciudad, que tienen la calle cerrada albañales cerrados para recibir el agua que echan por la calle que se separa abajo, siguiendo la dicha calle cerrada, acordaron que se despache exortatorio para que el señor provisor y vicario general de este obispado mande á la madre abadesa y religiosas del dicho convento cierre los dichos albañales, y que hagan calzadas de piedra en lo que toca al ámbito del convento, y quiten el lodo y humedades que se han hecho en la entrada de dicha agua por el dicho albañal; y que así mismo se despache exortatorios á los prelados de los demás conventos de la ciudad, para que, por lo que á cada uno toca, tengan bien limpias y corrientes sus acequias y hagan calzadas de piedra y para la ejecución y cumplimiento de todo de suso acordado, encargados la limpieza de las dichas calles [y] aderezo de acequias y puentes, en la forma referida, y la ejecución de las multas penas de suso impuestas, en esta manera: El señor corregidor se hizo cargo de la calle que pasa por el frente de Santo Domingo de esta ciudad, desde el primer tajamar del río, corriendo para abajo, hasta la esquina del alférez Pedro Vélez, con todas las calles que atraviesan de la dicha calle hasta el río. Y la calle que atraviesa por la plaza de esta ciudad y por el frente del cabildo, hasta el dicho tajamar, hasta la esquina de Aranguez, con todas las calles que atraviesan desde la dicha calle de la plaza á la de Santo Domingo, se encargó al señor alguacil mayor. Y la calle que corre desde la caja de la pila y atraviesa por la dicha plaza hasta la esquina de la casa donde vive el señor licenciado don Diego Portales, con todas las calles que atraviesan desde la dicha calle hasta la que queda encargada al dicho señor alguacil mayor, se encargó al señor maestro de campo don Diego de Aguilar, y regidor de esta ciudad. Y la calle que corre desde las casas de Juan Romero hasta la casa esquina de don Antonio Sagredo, con las que atraviesan, en la forma referida se encargó al señor capitán Salvador Perez de Ortega. Y la otra calle que corre desde el cerro Santa Lucía y esquina del licenciado don Juan del Pozo, hasta la esquina de Anguer, con las calles que atraviesan, en la forma referida, al, señor maestro de campo don Agustín Brizeño. Y la calle que empieza desde la acera de las monjas de Santa Clara, por la calle cerrada del dicho convento, y del de las monjas de San Agustín, hasta las casas de Antonio Utrera, se encarga al capitán don Fernando Canales, fiel ejecutor, con las calles que atraviesan, en la forma referida. Y la calle de la Cañada de esta ciudad desde el molino de san Agustín hasta la cruz de Guillestegui, con las calles que atraviesan para dentro de la ciudad, en la forma referida, se encarga al capitán José Rodríguez Luengo, regidor de esta ciudad. Y se les dio comisión en bastante forma para que, procediendo sin forma de juicio, cada uno por lo que [le] toca, pueda apremiar á los interesados, cobrar las multas y ejecutar las penas de suso referidas, y que el presente escribano les haga saber á los señores regidores que no se hallaron en este cabildo lo en él acordado y las penas impuestas en el auto proveído por los señores presidente y oidores de esta Real Audiencia.
(C.H.CH. 1911. Tomo XL, Actas del Cabildo, vol. XX, pág.63-66).

CABILDO DE 23 DE OCTUBRE DE 1676

Sobre el molino del convento de la Merced.- Este día se acordó que, por cuanto se han hecho grandes diligencias sobre excusar la mucha abundancia de agua que traen las acequias que parten de la del molino del convento de Nuestra Señora de las Mercedes de esta ciudad, y no se ha podido conseguir, con gran detrimento de la mayor parte del pueblo, que se anega, vertiéndose las acequias por la dicha abundancia; para el remedio de ello, que se haga marco en el albañal de la cerca de la casa de los herederos de Juan Calderón, por donde la dicha acequias sale á la calle, en frente de la caja del agua de la ciudad, y que el dicho marco y albañal se haga de cal y piedra, proporcionando á la cantidad necesaria del agua á la distribución de las acequias que toman agua de la parte del dicho molino, y el síndico mayordomo de esta ciudad dé lo necesario para el costo de dicho marco, en la forma referida, y lo cometieron al señor capitán don Pablo Galindo, regidor y procurador general de esta ciudad; y en virtud de lo acordado en este cabildo, que sirve de libramiento en forma, se le pasará al síndico, con recibo del dicho don Pablo Galindo, en cuenta lo que gastare.
(C.H.CH. 1911. Tomo XL, Actas del Cabildo, vol. XX, pág. 66).




CABILDO DE 23 DE DICIEMBRE DE 1676

Concierto sobre la pila.- Este día se acordó que, por cuanto el concierto hecho con el teniente Nicolás Muñoz sobre el asiento de tener la pila corriente y bien aderezada, se había cumplido por el mes de marzo pasado de este presente año y que por no haber persona que pudiese tener el aderezo de dicha pila se divertía el agua de ella por dos o tres partes, que se había quebrado la cañería y que el suelo empedrado de la circunferencia de la dicha pila estaba descompuesta é inmundo con el lodo del agua que se vertía, y era necesario hacer nuevo asiento sobre el aderezo que necesitaba, y porque el dicho teniente Nicolás Muñoz es la persona mejor de quien se puede confiar obra tan pública y necesaria á la ciudad, fue llamado á este cabildo y con él se concertó el asiento al aderezo de la dicha pila, por ciento cincuenta pesos en cada un año, librados en los efectos de la pescadería, con esta asignación para las obras públicas; y este asiento se [ha] de haber de hacer por tiempo de tres años, remediando todo lo que parece destruido en dicha pila, según lo que se suso se refiere y lo que en adelante se ofreciere, con cantidad de que los caños nuevos que se pusieren para remediar las quiebras han de ser vidriados y bien cocidos, y con lo demás materiales convenientes y proporcionados á su duración; y el dicho teniente Nicolás Muñoz se hizo cargo por el precio referido del aderezo de la dicha pila y por el tiempo de los dichos tres años, que han de correr y contarse desde hoy en adelante; y los dichos señores mandaron que al margen de lo acordado en este cabildo haga la aceptación y obligación en forma, y en virtud de lo en él acordado, el síndico mayordomo que fuere de esta ciudad dé y pague al susodicho los dichos ciento y cincuenta pesos en cada un año, de los efectos de dicha pescadería, sin necesidad de otro libramiento, por el tiempo de este asiento.
(C.H.CH. 1911. Tomo XL, Actas del Cabildo, vol. XX, pág. 81).

CABILDO DE 14 DE JUNIO DE 1681

Sobre el aderezo de la cañería de la pila.- Este día acordaron los dichos señores, que atento haberse gastado doscientos y veinte y tres y medio [pesos]que costaron las peonadas y materiales que notoriamente se han consumido en la limpia y aderezo de la acequia de la agua de Ramón que viene á la pila de la plaza, que estaba perdida con el pasaje y trajín de carretas y ganados y cabalgaduras, y en el aderezo de la cañería, se despache mandamiento, digo libramiento, para que de los efectos de la balanza los pague el capitán don Antonio de la Llana y se sirva de usar el cargo susodicho, en cuyo poder paran y que en esta conformidad los ha suplido.
(C.H.CH. 1913. Tomo XLI, Actas del Cabildo, vol. XXI, pág. 41).

CABILDO DE 1 DE AGOSTO DE 1681

Acequia de Ramón.- Este día propusieron los señores de este cabildo cómo en conformidad de el acuerdo en que se les dio comisión para convenir y concertar con el muy reverendo padre maestro Provincial de el convento de el señor San Francisco de esta ciudad la tercia parte de los materiales y precios de ellos y peonada con que ha de concurrir este cabildo para la nueva acequia que se trata de abrir para la agua de Ramón que viene á la pila de esta plaza, la mitad de ella para allá descubierta, de vara y media de fondo y tres cuartas de ancho, y la otra mitad para acá hasta el cerro Santa Lucía cubierta y encajonada, de cal y ladrillo; hicieron la diligencia y quedaron concertados con el dicho reverendísimo padre provincial en que se habían de dar diez mil ladrillos de á dos tercias de largo y una de ancho, y precio de ellos á diez y nueve pesos el millar, el valor de cien fanegas de cal, á doce reales fanega, y el de doscientas fanegas de arena á precio de un real cada una, y los jornales de seis peones cada día, por tiempo de catorce días, á dos reales y medio por su jornal, en que entra el sustento de ellos, para abrir la dicha acequia la distancia que ha de ir descubierta: que todo importa trescientos y noventa y un pesos y dos reales, y que, fuera de esto, se ha de pagar por tercio la peonada que se gastare y jornales de albañil en hacer la dicha acequia de ladrillo en la otra distancia, que ha de venir de esta calidad hasta ponerla en el dicho cerro en la parte donde se han de dividir el agua para el dicho convento; y los dichos señores dijeron haber sido útil y de moderados precios los dichos materiales y conciertos, y conformes todos fueron de parecer se entregase al síndico de dicho Convento los dichos trescientos y noventa y un pesos y dos reales de lo que cobrare de las rentas de los propios de esta ciudad, y que se otorguen escrituras con el dicho Convento sobre esta compañía y condiciones de ella, y cometieron la celebración de dichas escrituras, en nombre de este cabildo, al señor alcalde don José González Manrique.
(C.H.CH. 1913. Tomo XLI, Actas del Cabildo, vol. XXI, pág. 62).

CABILDO DE 23 DE FEBRERO DE 1685

Que no se echen basuras.- Este día propuso el señor sargento mayor Lorenzo de Abaitúa, alcalde ordinario, como en las calles públicas de esta ciudad echan las basuras que sacan de las casas y que era conveniente echar un bando para que echen las basuras fuera de la ciudad, so algunas penas; y los señores de cabildo acordaron que se eche el dicho bando y lo encargaron al señor corregidor.
(C.H.CH. 1913. Tomo XLII, Actas del Cabildo, vol. XXII, pág. 25).

CABILDO DE 23 DE JUNIO DE 1685

Adorno de la Plaza para la octava del Corpus.- Este día se acordó por los señores del cabildo que para la octava del Corpus se cuelguen las calles de la plaza y que estén limpias todas las cuatro cuadras de la plaza, para lo cual nombraron para la cuadra del Cabildo al señor depositario general don Matías de Toro y al señor don Antonio Romo, y para la cuadra de la iglesia mayor al señor don Joseph Colart y á don Antonio Garcés, para la cuadra de los mercaderes el señor don Diego Santander y el señor don Pedro del Castillo, y para la cuadra de Andrés de Orozco el capitán Juan de Lecaros y don Tomás Ovalle.
(C.H.CH. 1913. Tomo XLII, Actas del Cabildo, vol. XXII, pág. 47).


CABILDO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1685

Persona que cuide de la pila.- Este día se propuso por los señores de este cabildo que respecto de las muchas quiebras que tiene la cañería de la pila de la plaza, convendría nombrar persona que tuviese el aderezo de ella á su cargo, y todos los señores del dicho cabildo dijeron que sería muy acertado que se executase así, para cuyo efecto hicieron comparecer a Juan Serrano, maestro de cantero, con el cual se concertó por cuatro años que se obliga á tener corriente dicha pila y aderezar todas las quiebras que en dicho tiempo se ofrecieren en la cañería, poniendo todos los materiales de que se necesitase por su cuenta, y por su trabajo y gastos que ha de tener, le ha de dar esta ciudad ochenta pesos de á ocho reales en cada uno de los cuatro años, de lo cual se ha de otorgar escritura en forma, y ha de dar fianza de que cumplirá con dicha obligación; y dieron comisión dichos señores al señor procurador don Joseph Colart para que en nombre de dicho cabildo otorgue la escritura.
(C.H.CH. 1913. Tomo XLII, Actas del Cabildo, vol. XXII, pág. 92-93).

CABILDO DE 26 DE ENERO DE 1686

Aliño de la pescadería.- Este día se confirió es este cabildo que convenía derribar el aposento que sirve de pescadería, respecto de estarse cayendo, y porque se aproveche la teja y madera que tiene, y que para su fábrica y costeo se pida por ahora al señor capitán Antonio Garcés, regidor perpetuo de esta ciudad y receptor del derecho de balanza, ciento y cincuenta pesos por cuenta de lo que debe este derecho á los propios de esta ciudad, para que se empiece á poner por obra este edificio, los cuales se entregarán al señor procurador general de esta ciudad para que en virtud de lo se ha conferido en este cabildo sobre que es más conveniente y ahorrativo comprar los dichos adobes hechos que mandarlos hacer, haga la compra de los dichos adobes y demás materiales que fuesen necesarios para el dicho edificio, que ha de correr por su cuenta, para lo cual se despachará mandamiento en forma.
(C.H.CH. 1913. Tomo XLII, Actas del Cabildo, vol. XXII, pág. 111-112).

CABILDO DE 11 DE MAYO DE 1686

Aguas de la ciudad.- Este día propuso el señor don Luis de Cárdenas, fiel ejecutor de turno, como ha reconocido la parte donde se dividen las aguas que vienen para esta ciudad y que conviene que se ponga un marco, respecto de que el agua se va toda para las calles y acequias que hay desde la plaza á la Cañada, dejando sin ella á las que hay de la plaza al río; y habiéndose conferido sobre la materia en este cabildo, acordaron que el señor alcalde don Jerónimo Cortés juntamente con el señor fiel ejecutor, reconozcan el paraje donde convendría poner el dicho marco y lleven a Joseph de Miranda para que dé la forma cómo se ha de hacer el dicho marco, y se despachará libramiento, habiéndose hecho balance de lo que puede costar dicha obra.
(C.H.CH. 1913. Tomo XLII, Actas del Cabildo, vol. XXII, pág. 129).

CABILDO DE 19 DE JULIO DE 1686

Limpia de la Plaza.- Y así mismo se acordó que el señor fiel ejecutor mande limpiar el lodo que hay en la plaza por la parte de la sombra, para la fiesta del señor Santiago, y así mismo mande que un albañal que está abierto de la casa de doña Nicolasa de Santibánez, en la calle que va para la Compañía de Jesús, se cierre, por el grave daño que causa á la calle pública; y así mismo se le encargó la limpia de las calles.
(C.H.CH. 1913. Tomo XLII, Actas del Cabildo, vol. XXII, pág. 139).




CABILDO DE 15 DE NOVIEMBRE DE 1686

Sobre trasladar el molino de la Merced.- Este día se confirió y trató sobre el grave perjuicio que se sigue á la república por ocasión del molino de la Merced y que convenía se tratase y confiriese con el reverendo padre comendador si quería consentir se mudase dicho molino en otra parte, que la ciudad daría el sitio; y se cometió este ajuste al señor corregidor, maestro de campo don Francisco de Avaria y al señor capitán Juan de Lecaros, y que de lo conferido en dicha razón se diese parte á este cabildo.
(C.H.CH. 1913. Tomo XLII, Actas del Cabildo, vol. XXII, pág. 166).

CABILDO DE 20 DE DICIEMBRE DE 1686

Herramientas para las obras de la ciudad.- Este día propuso el señor corregidor que para las faenas de las limpias de las acequias y puentes que se están haciendo en ellas, se halla esta ciudad sin ninguna herramienta, por cuya causa se gasta en peonadas mucho más de lo que se gastara si se trabajara con herramientas suficientes, y por esta razón convenía se hiciesen por ahora para dicha faena y para la obra de la pescadería dos barretas de á veinte y cinco a treinta libras, y cuatro azadones y dos palas de fierro, y que el señor procurador general Lorenzo de Abaitúa, receptos de el derecho de balanza, del dinero que de este derecho para en su poder mande hacer las dichas herramientas, y hechas presente razón en este cabildo del costo para que se le despache libramiento en forma; y dichas herramientas se entregarán á Ignacio Pacheco, potrero de este cabildo, el cual dará recibo de ellas ante el presente escribano de que las tendrá de manifiesto y dará cuenta á este Cabildo; y habiéndose entendido por los señores del cabildo la dicha propuesta, acordaron que se hagan según y como lo ha propuesto el dicho señor corregidor.

Que se haga una caja de agua.- Este día pareció Juan Serrano sobre el argumento que pedía al salario de los ochenta pesos, y se acordó que se haga una caja de agua en la esquina del general don Pedro de Amasa para descargo del agua, y que con esta diligencia tendrían menos quiebras los caños y muy poco costo el dicho Juan Serrano, y que corra el concierto como está hecho y se comete al señor corregidor la obra, y que el síndico dé el dinero necesario.
(C.H.CH. 1913. Tomo XLII, Actas del Cabildo, vol. XXII, págs. 272-273).

CABILDO DE 15 DE JULIO DE 1690

Perjuicios del temblor.- Este día el señor maestro de campo don Antonio Mendoza Ladrón de Guevara propuso que necesitaba ver los cabildos del año de ochenta y tres para ciertas cosas que tiene que pedir; y visto por dichos señores, acordaron que de ahora á el viernes que viene reconozca dichos cabildos, como lo pide, para lo que conviniese para este ilustre cabildo.
(C.H.CH. 1913. Tomo XLII, Actas del Cabildo, vol. XXII, pág. 226-227).

CABILDO DE 1 DE DICIEMBRE DE 1690

Venta de una plaza.- Este día el señor don Gaspar Fernández Velázquez de Covarrubias, alcalde ordinario, propuso que la plazuela del Señor San Saturnino no sirve de nada y que sería conveniente que se vendiese por los propios de esta ciudad, dejando plazuela suficiente; y visto por dichos señores, unánimes y conformes fueron de parecer que se venda, dejando las calles que corresponda á las otras, y se le encargó al señor alcalde don Gaspar de Covarrubias se den los pregones y se le da comisión en forma y en derecho necesaria, y que de este acuerdo se dé noticia al señor Presidente y oidores de esta Real Audiencia, y que para el día del remate se avise al señor corregidor y á los señores alcaldes, y que ahora al presente, asistan á la mensura el señor alférez real y capitán don Juan de Torres Carvaxal, procurador general, yendo el alarife de esta ciudad.
(C.H.CH. 1913. Tomo XLII, Actas del Cabildo, vol. XXII, pág. 358-359).

CABILDO DE 27 DE JULIO DE 1691

Arancel.- hecho por mandado de los eñores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta ciudad, que de yuso [sic] firmaron sus nombres, en conformidad y ejecución del acuerdo del cabildo próximo antecedente:
Seis panes de á libra por un real.
Seis velas de buena calidad por un real.
Un almud de sal por dos reales.
Una arroba de sal de Lima, seis reales.
Un almud de ají, dos reales.
Un almud de lentejas, dos reales.
Un almud de garbanzos, cuatro reales.
Un almud de porotos, dos reales.
Cuatro pejerreyes grandes, un real.
Seis cabezas de ajo, un real.
Seis cabezas de cebollas, un real.
Medio tocino grande, un peso.
Un pernil grande, un peso.
Una libra de tocino, un real.
Vara y media de longaniza, un real.
Dos morcillas, un real.
Una libra de manteca, un real.
Libra y media de grasa, medio real.
Un cuartillo de miel de cañas, tres reales.
Un cuartillo de aceite, ocho reales.
Dos libras de higos, medio real.
Una libra de queso, medio real.
Un almud de papas, real y medio.
Un almud de maíz, un real.
Un almud de chuchoca, dos reales.

Y dichos señores cabildo, justicia y regimiento de esta dicha ciudad de Santiago de Chile, habiendo conferido en el cabildo suso citados precios á que así en el gasto como en las pulperías se debían vender las cosas de abasto suso referidas, mandaron no se vendan á precios más altos que los referidos, y que el fiel ejecutor haga pregonar este arancel en las plazas públicas para que del conste, y que se ponga por fe su publicación, para que todas las personas que excedieren de dichos precios incurran en pena de diez pesos de á ocho reales, aplicados, por mitad, cámara de Su Majestad y gastos de justicia, en que las dieron por incursas y condenadas, y ninguna pretenda ignorancia.
(C.H.CH.1913. Tomo XLII, Actas del Cabildo, vol. XXII, págs. 401-402).

CABILDO DE 3 DE ABRIL DE 1693

Reparaciones en la cárcel.- Y asimismo acordaron los dichos señores que para la pared que se cayó de la cárcel y levantar el mojinete de cal y ladrillo de los calabozos nuevos, cuya obra está a cargo del señor alcalde, capitán Juan de Lecaros, acordaron así mismo dichos señores que el síndico mayordomo de esta ciudad, por los libramientos de dicho señor alcalde, dará lo que fuere necesario para dicha obra, que acabada, de la cantidad que montare dicho gasto de le dará libramiento en forma.
(C.H.CH. 1914. Tomo XLIII, Actas del Cabildo, vol. XXIII, pág. 77).

CABILDO DE 30 DE ABRIL DE 1694

Sobre cambiar el agua para la pila.- Este dicho día propuso el señor corregidor que se trajese el agua de Vitacura á la pila de la plaza de esta ciudad, por reconocer lo nocivo que es la que corre, en cuya atención, para reconocer la distancia que hay y gastos que pueden ofrecerse, determinaron dichos señores que el señor maestro de campo don Antonio de Mendoza Ladrón de Guevara, alcalde ordinario, y capitán don Antonio Garcés de Marcilla regidor propietario, vayan con el alarife de esta ciudad y las personas que les pareciere más prácticas á reconocer el paraje y el costo que podrá tener, para que con la noticia que dieren dichos señores se determine lo más conveniente.
(C.H.CH. 1914. Tomo XLIII, Actas del Cabildo, vol. XXIII, pág. 155).

CABILDO DE 4 DE JUNIO DE 1694

Sobre compra de una pila.- Este día el señor corregidor propuso que habiendo los padres de San Francisco resuelto vender la pila que tienen en su claustro, acordaron dichos señores que sería conveniente comprarla para la fuente de la plaza de esta ciudad, y para el ajuste de ella nombraron al señor capitán Cristóbal Hurtado de Mendoza y Quiroga, alcalde ordinario, y al señor capitán don Antonio Garcés de Marcilla, regidor propietario, y al señor capitán don Rodrigo de Baldovinos, regidor y procurador general de esta ciudad, y de lo que resultare darán parte dichos señores a este muy Ilustre cabildo, para que se provea lo que más conveniente fuere.
(C.H.CH. 1914. Tomo XLIII, Actas del Cabildo, vol. XXIII, pág. 166).

CABILDO DE 17 DE DICIEMBRE DE 1695

Que se provea agua a la ciudad.- Este día propuso el señor alcalde que era necesario darle agua a la ciudad por la necesidad que representan los vecinos y se preguntó a los señores capitulares si estaban las acequias limpias y corrientes según se les fue encargado por este cabildo, y todos sus mercedes dijeron que se podía largar el agua, porque estaban las acequias limpias.
(C.H.CH.1914. Tomo XLIII, Actas del Cabildo, vol. XXIII, págs. 332-333).

CABILDO DE 21 DE JUNIO DE 1697

Sobre la construcción de la casa para recogidas.- Y en esta ocasión entró el señor capitán don Diego Xaraquemada, alcalde de primer voto, con quien se prosiguió el dicho tratado que propuso el dicho señor corregidor, diciendo que la obra de San Saturnino para el recogimiento de las mujeres escandalosas se halla muy exhausta de medios para continuar su erección, y porque de perfeccionarse resulta el bien público y servicio de ambas Majestades, pues con eso se evitarán muchos pecados públicos y escandalosos, recogiendo en dicha casa á las dichas mujeres de mal vivir, lo cual cede en bien, utilidad, respeto y buen gobierno de la república, y que para que se efectúe con la brevedad posible le ayude este cabildo con algún socorro, librado en el ramo de la balanza, y que se atienda á la recaudación de sus efectos para que tenga, pronto lugar de providencia. En esta ocasión entró el señor general don Joseph Colart, fiel ejecutor perpetuo. Y habiéndose conferido por dichos señores capitulares, acordaron que, en consideración de ser obra pública y de las más necesarias á esta dicha ciudad, se ayudase á la perfección de esta fábrica con cantidad de quinientos pesos, del ramo de balanza, con prelación a esta obra las que tiene comenzadas esta ciudad, de pila y tajamar, que para que tenga efecto se consulte á los señores de la Real Audiencia, para que con lo que acordaren se resuelva en dicha propuesta, y se cometió dicha consulta la señor capitán don Francisco Díaz Pimienta, procurador general, para que la ordene con asistencia del asesor, y fecho, se traiga á este cabildo para confirmar.
(C.H.CH. 1915. Tomo XLIV, Actas del Cabildo, vol. XXIV, pág. 81).

CABILDO DE 12 DE MARZO DE 1698

Limpia de calles.- Este día se acordó, atento haberse cumplido el término del bando publicado sobre la limpia de las calles por el señor presidente y ser necesario se ponga en ejecución, acordaron para ello se repartan dichas calles entre los señores capitulares para que debajo de las penas impuestas por el bando, compelan á los vecinos á la limpia de lo que a cada cual le pertenece, e hicieron el dicho repartimiento de la siguiente manera:

Al señor alcalde de primer voto, la calle de Santo Domingo, desde oriente á poniente.
Al señor alcalde de segundo voto, de San Francisco al río.
Al señor alguacil mayor, desde Santa Clara, de la Cañada al río. Al señor don Joseph Valeriano, su calle, de norte a sur.
Al señor don Antonio Garcés, su calle y la del rey, de norte a sur.
Don Joseph Collart [sic], digo, don Antonio Romo, su calle, desde la caxa del agua que está al pié del cerro hasta abajo de la Compañía.
Don Joseph Collart, la calle de la plaza, de oriente a poniente. Al señor don Valeriano de Arcas, desde el cerro, toda la calle derecha de San Augustín hasta abajo.
A don Rodrigo Aránguiz, desde la calle tapada de las monjas Claras, para abajo, hasta salir a campaña.
A don Francisco Hidalgo, la calle de Lecaros, desde el río hasta la Cañada.
Don Pedro de Leiva y don Joseph Baquedano, la calle de la Compañía, desde el río hasta la Cañada. Al capitán don Antonio Santibáñez [sic], su calle, desde oriente á poniente.
Al señor don Antonio Romo se le da por compañero a don Pedro de Amasa.
A don Matías de Toro y a don Domingo Eraso, la calle de Sagredo , desde el río hasta la Cañada.
(C.H.CH.1915. Tomo XLIV, Actas del Cabildo, vol. XXIV: 146).

CABILDO DE 18 DE ABRIL DE 1704

Aderezo de la pila.- Este día propuso dicho señor alcalde don Juan de la Cerda que ha mucho tiempo que no está la corriente la pila de la plaza y que totalmente se halla su cañería impedida para el curso del agua, por estar quebrada y ciega toda ella y las cajas con el mismo impedimento, según se ha reconocido, y cada día será mayor el daño, de que resulta el universal perjuicio que experimenta la república por la falta del agua, habiendo de conducirla desde el río con sumo trabajo, por la distancia, en que se pierde el tiempo y se divierten los criados por esta razón lo más del día, faltando al demás servicio de sus amos y casas, y los pobres perecen, especialmente los encarcelados, porque las más veces no tienen quien les asista a este ministerio; y siendo el reparo y aderezo de la dicha pila y su cañerías la obra más precisa y necesaria que se ofrece a la vista y a la necesidad pública, sobre que claman todos los necesitados, será muy conveniente y de la obligación de este ayuntamiento el que luego y sin dilación alguna se reduzca a efecto el aderezo de dicha pila para que esté corriente, así para el común beneficio como para el mejor aspecto de la plaza, y que para ello se saque al pregón y remate dicho aderezo y se admitan las posturas que se hicieren, rematándose en el postor que más equidad hiciere, afianzado el buen aderezo, y se le libre la cantidad que importare el contrato en el producto de balanza, ramo que tiene Su Majestad, que Dios guarde, destinado para las obras públicas, y no habiendo, por ahora, en dicho producto cantidad suficiente para esta satisfacción, para que la tenga cuanto antes, se podrán suspender las demás obras en que al presente se está entendiendo, por no ser tan urgentes y precisas como la dicha pila, considerando la utilidad de unas y otras obras; y porque habiéndolas reconocido las continuas quiebras de la cañería de dicha pila han sido y serán siempre por la mala disposición y plan de la tierra por donde corren los caños, por no estar el paso de de ella á nivel y haberse abierto zanjas, desde sus principios, sin este conocimiento, lo cual para haberse de remediar costaba mucho más que [si] se hiciese de nuevo, por las muchas de caídas, altos y bajos que tiene la calle por donde corren los caños; y que, le parece á dicho señor alcalde se mude dicha cañería y se traiga por la calle de las Monjas de la Nueva Fundación, la cual sabe y recomienda ser la mejor planta y disposición, de que procederán manifiestas utilidades: la primera que haciéndose por dicha calle la dicha cañería con proporción y nivel, permanecerá mucho tiempo el agua corriente sin necesitar de aderezo, y se ahorrará el crecido gasto que siempre ha tenido en este particular, por no haberse advertido este defecto; la segunda, que se le podrá dar una paja de agua al dicho monasterio y tenga el ahorro de no solicitarla fuera, con gasto y divertimiento de criadas; la tercera, que se podrá introducir el agua por otra paja á la cárcel y los pobres encarcelados tengan á la mano lo que lo que tanto necesitan; y que, así, sería muy del caso se informase de personas prácticas e inteligentes el gasto del primer aderezo y el segundo de la nueva conducción, y que con vista de ambos informes con respecto á quinientos pesos con que promete el dicho monasterio concurrir á la nueva obra, se resuelva lo más conveniente; y oída la dicha propuesta por los dichos señores, habiendo conferido y tratado largamente sobre ella, acordaron se ponga luego en obra el que esté corriente la dicha pila, según y como se previene en dicha propuesta, y para que se resuelva si se ha de hacer nueva cañería por la calle de dicho monasterio y se vea el gasto de uno y otro, cometieron dichos señores su averiguación, para el primer cabildo, a los señores don Juan de la Cerda y don Antonio Jofré, y que, fecho el informe, con su vista, se proveerá lo más conveniente. Con lo cual se cerró el dicho cabildo y lo firmaron dichos señores Don Juan de la Cerda, Marcos Rojas Caravantes, Don Antonio Jofré de Loaíza, Don Cristobal Cortés y Monroy, Don Fernando de Quiroga, Juan Joseph de los Reyes, ante mí, Jerónimo Apello y Novoa, escribano público y cabildo.
(C.H.CH. 1915. Tomo XLIV, Actas del Cabildo, vol. XXIV, págs. 365-367).

CABILDO DE 27 DE FEBRERO DE 1705

Tocante a la pila.- Este día, habiéndose visto por los dichos señores el auto proveído por los señores de la Real Audiencia sobre el pedimiento que tiene hecho el procurador general sobre que se libren en el ramo de balanza tres mil pesos para el aderezo de la pila, y que por dichos señores se manda que por este Ayuntamiento se nombren dos tasadores que reconozcan la dicha obra y aprecien lo que puede importar; en cumplimiento de lo mandado por el dicho auto, dichos señores nombraron a Juan Serrano, maestro mayor de albañilería, y Bartolomé Puezo, maestro albañil, para que en presencia y con asistencia de los señores maestros de campo generales don Alonso Antonio Velázquez de Covarrubias y don Rodrigo Antonio Matías de Baldovinos, y debajo de juramento y del señor procurador general, capitán don Andrés de Gamboa, digan qué estado tiene la cañería antigua y lo demás que por dicho auto se previene sobre el reconocimiento y costo que tendrá.
(C.H.CH. 1915. Tomo XLIV, Actas del Cabildo, vol. XXIV. Págs.422-223).

CABILDO DE 24 DE MARZO DE 1705

Cañería de la pila.- Este día los señores maestros de campo generales don Alonso Velázquez de Covarrubias y don Rodrigo Antonio Matías de Baldovinos, alcaldes ordinarios de esta ciudad, dijeron que en conformidad de lo acordado por el cabildo que se celebró en veinte y siete de febrero de este año, pasaron con el señor procurador general don Andrés de Gamboa y los maestros nombrados para reconocer la obra de la cañería de la pila, en conformidad de los autos proveídos por los señores de la Real Audiencia, quienes, debajo de juramento que hicieron hacer los dichos señores a los dichos maestros, como más largamente consta de los autos hechos en la dicha razón, de que resultó no poder servir la cañería antigua para que por ella se pueda conducir el agua a la pila, respecto de estar ciegos con un género do [sic] greda que impide el que pueda correr el agua, por la mala calidad de ellos, y por todas las veces que por otros que se intentasen hacer sucederá lo mismo, respecto de que el agua del río viene turbia y gredosa.

Y en cuanto á lo que mira á lo de la pila, acordaron que respecto de haber pasado dicho señor corregidor y los dichos señores alcaldes, con asistencia del señor procurador general y maestro Juan Serrano, maestro albañil, con el desengaño de no poder servir la dicha cañería, por la mala calidad de ella y del agua que se conducía del río, pasaron á reconocer un manatial de agua que llaman de Vitacura, que habrá poco más de una legua, para ver y reconocer si se podía traer para el uso de dicha pila, haciendo cañería nueva; y habiéndola reconocido, hallaron ser el dicho manantial muy copioso y de la mejor agua que hay de la que se pueda conducir á esta ciudad para el dicho efecto, y así mismo el que se pueda traer sin impedimento alguno, el dicho señor procurador general lo representará a los señores de la Real Audiencia, con los autos hechos sobre este particular y lo útil y conveniente que es á la república y su bien público el que se traiga la dicha agua de Vitacura, por su buena calidad, con todo lo demás que pareciere conveniente. Con lo cal se cerró este cabildo y lo firmaron los dichos señores. Don Augustín Carrillo de córdoba, don Antonio Velázquez de Covarrubias, don Rodrigo Antonio Matías de Baldovinos, Don Francisco canales de la Cerda, don Cristobal Cortés y Monroy, don Fernando de Quiroga, don Francisco de Soloaga, Tomás Ruiz de Azúa, don Francisco de Aragón, ante mí, Gaspar Valdés, escribano público.
(C.H.CH. 1915. Tomo XLIV, Actas del Cabildo, vol. XXIV, págs. 428-429).

CABILDO DE 16 DE MARZO DE 1706

En la ciudad de Santiago de Chile en diez y seis días del mes de Marzo de mil setecientos años, los señores del Cabildo, Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en la sala del Ayuntamiento, como lo han de uso y costumbre, para tratar y conferir los negocios tocantes al bien y útil de la república, es a saber: el señor general don Agustín Carrillo de Córdoba, corregidor y justicia mayor de esta ciudad, comisario general don Diego Calvo de Encalada y don Juan Bara Ponce de León, alcaldes ordinarios, maestre de campo don Antonio Jofré de Loayza, alférez mayor, capitán don cristóbal Dongo, alguacil mayor, maestre de campo don Francisco Soloaga, y capitán don Gaspar Hidalgo, a que se halló presente el capitán don Andrés de Gamboa, procurador general.

Cuidado y diligencia en la limpieza y aseo de las calles.- Y por los dichos señores se acordó el cuidado y diligencia en la limpieza y aseo de las calles.
(C.H.CH. 1933. Tomo XLVI, Actas del Cabildo, vol. XXV, págs. 30-31).

CABILDO DE 14 DE MAYO DE 1706

En la ciudad de Santiago de Chile en catorce días del mes de Mayo de mil setecientos y seis año, los señores del Cabildo, Justicia y Regimiento esta dicha ciudad se juntaron en la sala de su Ayuntamiento como lo han de uso y costumbre, para tratar y conferir los negocios tocantes al bien y útil de la República es a saber: los señores comisario general don Diego Calvo de Encalada y Orozco y capitán don Juan Baras Ponce de León, alcaldes ordinarios, y maestre de campo don Antonio Jofré de Loayza, alférez real, capitán don P. Ignacio de Aguirre y don Gabriel Matienzo, a que asistió el capitán don Andrés de Gamboa, Procurador General.

Sobre el alivio de los puentes.- Este día propuso el señor comisario general don Diego de Encalada, alcalde ordinario, como muchas de las puentes de esta ciudad estaban muy maltratadas faltándoles algunos de los algarrobos con que estaban cubiertas lo cual necesitaba de pronto reparo por el perjuicio que se sigue a la vía pública y no poder pasar por algunas de ellas los coches y calesas y que para las que padecen más necesidad de su aliño se compusiesen luego y los dichos señores habiendo oído y entendido la dicha propuesta los dichos señores acordaron que en el interín que se disponga en la forma que tenga más permanencia dichas puentes se aliñen las que por ahora necesitan de pronto reparo y lo cometieron al señor don Gabriel Matienzo para que hubiere los dichos reparos en los propios de esta ciudad.
(C.H.CH. 1933. Tomo XLVI, Actas del Cabildo, vol. XXV. Pág. 37).

CABILDO DE 20 DE AGOSTO DE 1706

Sobre los reparos que se necesitan para el puente de la calle de la Ollería.- Este día el señor capitán don Gaspar Hidalgo y el señor procurador general dijeron que en cumplimiento de lo acordado tienen hecho el reconocimiento de los reparos que se necesitan para el puente de la calle que va a la Ollería y que según la tasación que ha hecho el maestre de campo Juan Serrano maestro de albañilería, importará toda su costa cuatrocientos y diez y siete pesos.
(C.H.CH. 1933. Tomo XLVI, Actas del Cabildo, vol. XXV, pág. 50).

CABILDO DE 29 DE OCTUBRE DE 1706

En la ciudad de Santiago de Chile en veinte y nueve días del mes de Octubre de mil setecientos y seis años, los señores del Cabildo, Justicia y Regimiento de esta dicha ciudad se juntaron en la sala de su Ayuntamiento para tratar y conferir los negocios tocantes al bien y útil de la República, es a saber: los señores general don Agustín Carrillo de Córdoba, Corregidor y Justicia Mayor de esta ciudad, comisario general don Diego Calvo de Encalada y capitán don Juan Baras Ponce de León, alcaldes ordinarios, maestre de campo don Antonio Jofré de Loayza, alférez mayor, capitán don Cristóbal Dongo, alguacil mayor, capitán don P. Ignacio de Aguirre y don Gabriel Matienzo, rexidores, a que se halló presente el señor capitán don Andrés de Gamboa, Procurador General.

Sobre que se pida el libramiento de los 50 pesos para la limpia de la acequia de la Plaza y 100 pesos más para la limpia de las demás.- Este día se propuso por el señor general don Agustín Carrillo que respecto de estarse entendiendo en la limpia general de las acequias de la ciudad y se ha emprendido mejor que en otros años y comenzado desde el marco con mucho número de peones de que ha resultado duplicarse el costo, el señor Procurador general pida en la Real Audiencia los cincuenta pesos que están asignados para la limpieza de la acequia de la plaza y otros ciento más para los demás costos de las bocas calles por no ser bastante los treinta asignados y así mismo para componer los puentes y sacar fuera de la ciudad la basura y cieno que se saca de las dichas acequias y por dichos señores se acordó que el señor Procurador General pida la dicha cantidad según y como se expresa en esta propuesta y que se proponga a los señores de dicha Real Audiencia que la referida cantidad de los cien pesos nuevamente pedidos se pongan en poder del señor capitán don Gabriel Matienzo para que vaya contribuyendo para los dichos gastos a cada uno de los señores capitulares a cuyo cuidado está sometida la limpia de las acequias.

Sobre que se haga un pozo en el patio de la cárcel para que tengan agua los presos.- Este día el señor Alguacil mayor capitán don Cristóbal Dongo propuso que la necesidad que padecen los presos de la cárcel de falta de agua para beber es grande y que sería conveniente que en el primer patio de la dicha cárcel se abriese un pozo para que tuviesen agua en abundancia de puertas adentro de la dicha cárcel y que ofrecía abrir el dicho pozo sin costo alguno de esta dicha ciudad y que el señor Procurador General haga la dicha propuesta a los señores de la Real Audiencia para que con su vista acuerden sobre la dicha obra y si tendrá algún inconveniente el que se ejecute abrir el dicho pozo. Y por dichos señores se acordó que el dicho señor Procurador General haga la dicha propuesta como la tiene hecha el dicho señor Alguacil mayor.

Sobre que se llenen de ripio las dos calles del monasterio de las Monjas Agustinas.- Este día propuso el señor capitán don Pedro Ignacio de Aguirre que sería conveniente que las dos calles de arriba y bajo del convento de las monjas Agustinas se llenasen de ripio para levantarlas y que las aguas del invierno corran para la Cañada para que se escusen los pantanos que se acostumbran hacer en dichas dos calles para que así se facilite la entrada y salida por dichas calles y juntamente los nocivos vapores que en el verano levanta el sol en los lodos podridos y detenidos en dichos pantanos. Y por los dichos señores se acordó que por el señor Procurador general se haga la dicha propuesta en la Real Audiencia para que aprobada se proceda a deliberar la cantidad que sea necesaria y competente para el aderezo de las dichas calles.
(C.H.CH. 1933. Tomo XLVI, Actas del Cabildo, vol. XXV, págs. 62-64).

CABILDO DE 29 DE OCTUBRE DE 1707

En la ciudad de Santiago de Chile, en veinte y nueve de Octubre de mil setecientos y siete años, los señores del Cabildo, Justicia y Regimiento de esta dicha ciudad se juntaron en la sala de su Ayuntamiento para tratar y conferir los negocios tocantes al bien y útil de la República: es a saber: los señores Maestre de Campo don Pedro Felipe Lisperguer y Capitán don Santiago de Larraín, Alcaldes ordinarios, Maestre de Campo don Antonio Jofré de Loayza, Capitán don Cristóbal Cortés y Monroy, Licenciado don José Fajardo Abogado de la Real Audiencia y Fiel Ejecutor y Capitan don Gaspar Hidalgo y don José de la Plata Regidores.

En que se da noticia de haber visto al señor Presidente sobre la provindencia sobre la falta de trigo y harina y sobre que correría la pila de la plaza y lo que respondió su Señoría.- Este día el señor don Santiago de Larraín y el señor Capitán don Gaspar Hidalgo, representaron en consecuencia de lo acordado por el Cabildo de veinte y uno del corriente, vieron al señor presidente y le insinuaron la falta que se había empezado a experimentar en el pan que sería conveniente se diese alguna providencia para que en los meses venideros no fuese mayor y que Su Señoría había respondido parecerle más conveniente que ni al trigo ni a la harina se pusiese precio porque con la noticia de su mayor valor concurrirán a esta ciudad todo el trigo y harinas de los partidos y consecuentemente con algún costo más, no habrá necesidad y que por lo que tocaba a que la pila de la Plaza Pública corriese, daría pronta providencia. Con lo que se cerró este cabildo y lo firmaron los dichos señores.
(C.H.CH. 1933. Tomo XLVI, Actas del Cabildo, vol. XXV, págs. 128-129).

CABILDO DE 17 DE ENERO DE 1708

En esta ciudad de Santiago de Chile en diez y siete días del mes de Enero de mil setecientos y ocho años los señores del Consejo, Justicia y Regimiento de esta dicha ciudad se juntaron para celebrar Cabildo extraordinario, es a saber los señores Maestre de Campo General don Rodrigo Antonio Matías de Valdovinos, Corregidor y Justicia Mayor de esta ciudad, Maestre de Campo don Antonio Jofré de Loayza, Alférez Real y Sargento Mayor don Antonio Fernández Romo, Regidor decano que sirve las varas de Alcaldes ordinarios, por no haber recibido los propietarios electos este presente año; Capitán don Cristóbal Cortés y Monroy, Licenciado don José Fajardo, Abogado de esta Real Audiencia y Fiel Ejecutor; Maestre de Campo don Francisco de Soloaga y Capitán den Manuel de Manzanal y don Diego Mesía.

Sobre la obra de la pila.- Este día propuso el señor Maestro de Campo General don Rodrigo Antonio Matías de Valdovinos, Corregidor y Justicia Mayor de esta ciudad que ha mucho tiempo que la pila de la plaza no corre y que es una de las obras públicas en que primeramente se debe entender así por la grande utilidad de toda esta ciudad como por el ornato y hermosura de la plaza, y que conviene se dé providencia para que corra y se ponga con toda la decencia y aseo que convenga, especialmente en la alberca y en todo lo demás que reconocida se haga digno de reparo. Y por dichos señores se acordó que atento a que por el cabildo de veinte y uno de Octubre próximo pasado, habiéndose conferido esta misma materia, se acordó que se representase al señor Presidente para que dicte la Providencia conveniente y que para ello fueron nombrados los señores capitanes don Santiago de Larraín y don Gaspar Hidalgo, y que habiendo hecho dicha representación de su señoría como parece del Cabildo de veinte y nueve de dicho mes y año, respondió daría Providencia pronta; sería conveniente se volviesen a nombrar dos señores de este Ilustre Ayuntamiento para que vuelvan a ver a su señoría para que tome resolución y con efecto nombraron al señor Sargento Mayor don Antonio Fernández Romo y al señor Capitán don Santiago de Larraín Procurador General.
(C.H.CH. 1933. Tomo XLVI, Actas del Cabildo, vol. XXV. págs. 151-153).

CABILDO DE 28 DE FEBRERO DE 1710

Que el señor Fiel Ejecutor haga sacar las basuras de las calles .- Este día acordó que respecto de que en muchas calles se hallan muchas basuras que arrojan los vecinos y otras personas el señor Fiel Ejecutor de turno haga se quiten a costa de las personas que las hubieren echado lo cual ejecute con toda precisión.
(C.H.CH. 1941. Tomo XLVII, Actas del Cabildo, vol. XXVI, pág. 21)´.

CABILDO DE 31 DE OCTUBRE DE 1711

En la ciudad de Santiago de Chile en treinta y un días del mes de Octubre de mil setecientos y once años los señores del Cabildo, Justicia y Regimiento de esta dicha ciudad se juntaron en la sala de su Ayuntamiento como lo han [sic] de uso y costumbre para tratar y conferir los negocios tocantes al bien y útil de la República, es a saber: los señores Maestre de campo General don Rodrigo Antonio Mathías de Baldovinos, Corregidor y Justicia Mayor de esta dicha ciudad, Maestre de Campo don Juan Roco Campo Frío, Alcalde Ordinario de primer voto, Maestre de Campo don Antonio Jofré de Loayza y capitán don Thomás Canales de la Cerda.

Sobre la limpia general de las acequias.- Este día acordaron los dichos señores que es necesario hacer la limpia general de las acequias por ser el tiempo competente y necesitarse de hacerle con brevedad y que se reparta y encomiende la dicha limpia a los señores capitulares y para el dicho efecto se hizo el repartimiento de la manera siguiente. La acequia de la calle del General don Antonio de carvajal al señor Maestre de Campo don Juan Roco. La acequia de la Merced, al señor Alcalde don Mathías de Ugas. La acequia que entra al convento del señor Santo Domingo al Señor Alférez Real Maestre de Campo don Antonio Jofré de Loayza. La otra acequia que entra entre las casas del dicho señor Alcalde Mathias de Ugas y don Sebastián Pabón, al señor capitán don Francisco de Aragón y Salazar. La acequia de la Cárcel, al señor Alguacil Mayor don Cristóbal Dongo. La acequia de la Plaza al señor don Fernando Quirogal. La acequia del Convento del señor San Agustín al señor Fiel Ejecutor don Tomás Canales. La acequia que sale de las Monjas Claras al Señor don Phelipe Pando y Puente, para cuyo efecto el Señor Procurador General de esta Ciudad ocurra a los señores Presidente y Oidores de esta Real Audiencia a pedir se les despache libramiento en el ramo de la balanza de la cantidad de ochenta pesos que se acostumbra, los cincuenta para la acequia de la Plaza y los treinta para las bocas calles.
(C.H.CH.1941. Tomo XLVII, Actas del Cabildo, vol. XXVI. Pág. 125-126).

CABILDO DE 12 DE MAYO DE 1713

Plaza.- Este día los dichos señores acordaron que por estar próxima la fiesta de Corpus Cristi es necesario la disposición de altares, colgar la plaza y aliñar los Gigantes y el señor Corregidor se hizo cargo de los dos altares el de la esquina de las Monjas Claras de la Victoria y la de Palacio y las danzas al señor Alcalde de vecinos el de la boca calle del Rey y al señor Alcalde de Moradores el que está en la calle del Capitán don Pedro Torres con lo demás de la dicha plaza y los corredores del cabildo al presente Escribano y portero.
(C.H.CH. 1941. Tomo XLVII, Actas del Cabildo, vol. XXVI, pág. 247-248).

CABILDO DE 20 DE JULIO DE 1714

Puente.- Este día los dichos señores, a pedimento del señor Procurador General de la Ciudad, acordaron que el señor don Diego Martín de Morales, regidor propietario, pasase a reconocer la puente de cal y canto de la acequia de la cañada que está en dere... [falta] de la calle del Monasterio de Monjas de la Virgen santa Clara y que...[falta] el costeo que podrá tener el empedrarla, levantarle el pretil de cal y canto y que sobre todo informase para el primer cabildo para deliberar sobre el libramiento de la obra.
(C.H.CH. 1941. Tomo XLVII, Actas del Cabildo, vol. XXVI, pág. 307).

CABILDO DE 16 DE ENERO DE 1723

Que se entablen dos calabozos de la cárcel.- Asimismo acordaron los dichos señores, por representación de dicho señor corregidor, que respecto del poco seguro que tienen algunos calabozos de la cárcel, repitiéndose las fugas de los presos rompiendo la parte superior de los techos, sería muy útil y conveniente que la techumbre de dos calabozos se enmaderase y entablase con toda solidez y fijeza para que así con los otros dos calabozos fuertes cuyo techo está asegurado tuviesen competente custodia los presos de riesgo, y que para ello se presentase el señor procurador a la junta de balanza por lo que importa este gasto.
(C.H.CH. 1953. Tomo LI, Actas del Cabildo, vol. XXVIII, págs. 5-6).




CABILDO DE 22 DE JUNIO DE 1725

Sobre la limpia de las basuras de esta ciudad.- Este día propuso el dicho señor corregidor el daño grave que se sigue en esta ciudad a causa de las muchas basuras que hay en las calles de ella extinguiéndose cuasi las empedradas que tanto costo ha tenido y el mucho barro que en el tiempo presente hacen las dichas basuras, impidiendo el paso a los transeúntes y que sería conveniente se diese providencia sobre que se quiten las dichas basuras, haciéndose concierto con algunas personas que atiendan a la limpia de las calles, sacándose al remate el dicho concierto como mejor se tuviere por conveniente; y oída y entendida la dicha propuesta acordaron los dichos señores se ejecutase la propuesta por dicho señor corregidor y cometieron su ejecución al señor alcalde licenciado don Juan de Rosales y al señor procurador general don Matías Grez, para que hagan ejecútelos y conciertos que tuvieren por conveniente y fecho se dé parte a este Ilustre Cabildo para que se confirmen los dichos ajustes y conciertos.
(C.H.CH. 1953. Tomo LI, Actas del Cabildo, Tomo XXVIII, págs. 154-155).

CABILDO DE 29 DE MARZO DE 1726

Pescadería.- Este día se vio una petición presentada por el capitán Miguel Gómez, arrendatario del cuarto de la pescadería, y habiendo conferido largamente sobre este punto acordaron dichos señores que el señor procurador general se presente ante el Ilustrísimo señor obispo de esta ciudad...
(C.H.CH. 1953. Tomo LI, Actas del Cabildo, vol. XXVIII, pág.203).

CABILDO DE 7 DE JUNIO DE 1726

Se encomendó al señor corregidor y señores alcaldes los altares y aseo de la plaza, y al señor don Diego de Morales la Tarasca y Gigantes.- Este día se encargó al señor corregidor el cuidado de los altares para la festividad de Corpus Cristi que acostumbran los oficiales, uno de la esquina del palacio y el otro en la esquina de San Antonio y el aseo y decencia de la plaza, y a los dos señores alcaldes los otros altares, el uno en la esquina de las casas episcopales y el otro en la esquina de la calle de el Rey, y al señor regidor don Diego Martín de Morales el aliño de la tarasca y gigantes y que para ello se le despache libramiento para que el síndico mayordomo le dé los treinta pesos que están asignados para dicho efecto.
(C.H.CH. 1953. Tomo LI, Actas del Cabildo, vol. XXVIII, págs. 217-218).

CABILDO DE 10 DE OCTUBRE DE 1732

Este día propuso el señor Procurador general los graves inconvenientes y pecados públicos que resultaban de estar las vendedoras en la plaza pública de esta dicha ciudad hasta las diez de la noche. Y habiéndose conferido largamente sobre este punto, dichos señores difirieron la resolución de este particular hasta el primer cabildo, con lo cual lo firmaron los dichos señores y se cerró este cabildo.
(C.H.CH. 1982. Tomo LII, Actas del Cabildo, vol. XXIX, pág. 155).


CABILDO DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1733

Este día propuso el señor Procurador General como el derecho de pregonería, el de la nieve y el puente de Maipo estaban parados y que así tenía por conveniente se preparasen para su remate. Y visto por los dichos señores, acordaron y mandaron se proceda a dar los pregones a los propios expresados.

Este día dio noticia el señor don Manuel de la Fuente de haber visto la casita que está junto a la pescadería la que está inhabitable por lo ruinosa que la dejó el temblor. Y visto por los dichos señores, acordaron y mandaron que el síndico mayordomo luego y sin dilación alguna deshaga dicha casita y procure poner en guarda y custodia la teja y la madera de dicha casa.
(C.H.CH. 1982. Tomo LII, Actas del Cabildo, vol. XXIX, pág. 184).


CABILDO 23 DE OCTUBRE DE 1733

Este día acordaron y mandaron los dichos señores que en atención a estar la capilla del Señor San Antonio demolida y carecer dos años ha los presos del beneficio del sacrificio de la misa y ser preciso su repara, como también la casita que está inmediata a la pescadería, que sirve de custodia para los presos de la cárcel, que el alarife de esta ciudad con asistencia del señor procurador y la del señor don Manuel de la Fuente tase y reconozca el costo de uno y otro podrá tener y que hecho se traiga para el primer cabildo para dar la providencia que parezca más conveniente a la causa pública
(C.H.CH. 1982. Tomo LII, Actas del Cabildo, vol. XXIX, pág. 193).

CABILDO DE 30 DE OCTUBRE DE 1733

Este día se vio la cuenta que se ha hecho del costo que tiene la reedificación de la capilla del señor San Antonio y la casita que está inmediata a la pescadería.

Y vista y conferida la dicha cuenta y refacción de la dicha capilla, por la mayor parte de los votos se acordó que se hiciese la dicha refacción a costa del romo de la balanza, en conformidad de lo acordado el otro de treinta por los señores de la Junta de Balanza y que para ello el señor Procurador general se presente ante los dichos señores pidiendo se sirvan de mandar se despache librando para la cantidad de mil seiscientos y dos pesos, que es la cantidad que se ha regulado por la tasación ser competente para la dicha refacción, con lo cual se cerró este Cabildo y lo firmaron dichos señores de que doy fe
(C.H.CH. 1982. Tomo LII, Actas del Cabildo, vol. XXIX, pág. 194).

CABILDO 12 DE JUNIO DE 1734

En la ciudad de Santiago de Chile, a doce días del mes de Junio de mil setecientos treinta y cuatro, los señores del cabildo, Justicia y regimiento, se juntaron en la sala capitular de su ayuntamiento, como lo han de uso y costumbre los que abajo firmarán, con asistencia del señor Procurador general, y así juntos y congregados dichos señores. este día, propuso el señor Corregidor, como ya se halla próxima la fiesta del Santo Cuerpo de Cristo Nuestro Señor y que era preciso que se disolviese en clases y adorno de la plaza como ha sido costumbre y dichos señores, entendida la dicha propuesta, encomendarán a los señores alcaldes los dos altares del comercio, y al señor don Diego Martín de Morales el aliño de los gigantes y para ello mandaron que el síndico mayordomo de los propios de esta ciudad, le dé al dicho señor don Diego veinte pesos de dichos propios con los cuales se consideran ser suficientes para el dicho aliño por no haber taras(cas) que componer.

Este día propuso el señor Corregidor, como era preciso el reparar los puentes que cruzan las acequias de la ciudad, reparar el puente de esta dicha ciudad esparciéndolo por los demás ojos del dicho puente y que Miguel de Miranda le había representado cómo el zaguán de la casita que está inmediata ala pescadería estaba en términos de caerse y que era preciso su reparo, como también calabozo en que ponen a los reos que sacan al suplicio; y habiendo conferido largamente sobre los puntos expresados por lo que toca a los puentes acordaron y mandaron se reconozcan éstos también el esparcer el río por los demás ojos del puente por estar la mayor parte de él cargado al último ojo que está inmediato a la santa Recolección, el cual respecto de amenazar ruina y de pronto reparo, haya reconocimiento de uno y otro se cometió al dicho señor Corregidor al señor Alférez Real don Joaquín Mardones como también ( y de sus costos) el dicho zaguán, calabozo y demás reparos que necesitare la cárcel y que en atención a haber representado el señor Alguacil Mayor cómo el calabozo en que están las mujeres está inhabitable así por lloverse todo como por estar sin llave. Mandarán que el síndico mayordomo luego sin dilación de los propios componga el dicho calabozo y le ponga llave...
(C.H.CH. 1982. Tomo LII, Actas del Cabildo, vol. XXIX, pág. 231-232).

CABILDO DE 7 DE AGOSTO DE 1734

Este día , unánimes y conformes dichos señores acordaron y mandaron que en atención a los graves inconvenientes que resulta de atravesar las regatonas que se hallan en la plaza los más mantenimientos que se traen a ella para el abasto de la ciudad para después revender dichos mantenimientos en que es notorio el perjuicio que resulta al bien público y para obviar semejante inconveniente que el señor Corregidor de las providencias que le parecieren ser más convenientes a evitar semejante introducción y abuso.
(C.H.CH. 1982. Tomo LII, Actas del Cabildo, vol. XXIX, págs. 242-243).

CABILDO DE 29 DE MARZO DE 1737

Este día acordaron dichos señores que el Síndico Mayordomo de los propios levante la torrecilla de la casa inmediata a la pescadería, y que así mismo trasteje todas las tiendas inmediatas y que hecho, dé cuanta del costo para pasársela en cuenta de dichos propios.
(C.H.CH. 1983. Tomo LIII, Actas del Cabildo, vol. XXX, pág. 60-61).

CABILDO DE 27 DE JUNIO DE 1738

Este día acordaron que en atención a estar cumplido el arrendamiento de la pila se saque al remate, y que para ello se den los pregones en la forma ordinaria.
(C.H.CH. 1983. Tomo LII,. Actas del Cabildo, Tomo XXX,. pág. 91).

CABILDO 19 DE JUNIO 1739

Propuso el señor Corregidor que los soldados que habitan en la casita que está inmediata a la pescadería le habían presentado que el precio de su arrendamiento era excesivo por ser sumamente corta, y que con este motivo había pasado a reconocerla y con efecto por lo que vio es alto el precio de diez pesos al mes que es en lo que al presente está arrendada, y que así vean aquel precio más moderado que conforme a justicia se puede hacer en equidad, y habiendo conferido sobre este punto por la mayor parte de los votos se acordó se les rebajase el tercio, quedando el dicho arrendamiento reducido a la cantidad de ochenta pesos en cada año y que así se haga saber al Síndico Mayordomo.
(C.H.CH. 1983. Tomo LIII, Actas del Cabildo, vol. XXX, pág.125-126).

CABILDO DE 26 DE JUNIO DE 1739

Dijeron que en atención a que mucho tiempo que no corre la pila de la plaza mayor de esta ciudad sin embargo de los trescientos pesos que anualmente se dan para que continuamente éste corriente para el abasto y bien público de esta ciudad y sus vecinos, haciéndose cargo que este daño venía de lo inservible que está la cañería que hay por su mala calidad, y que de él se seguía otro de no menor perjuicio que era la inundación de las calles principales y plaza mayor, trataron largamente si sería conveniente hacer de nuevo la cañería y pedir su costo al ramo de balanza, aunque no hallaron razón en contra y muchas a favor, difirieron su última determinación para con mejor acuerdo determinar el primer siguiente cabildo por faltar algunos señores capitulares.
(C.H.CH. 1983. Tomo LIII, Actas del Cabildo, vol. XXX, pág. 126).

CABILDO DE 31 DE AGOSTO DE 1739

Remate de la Pila.- Este día se vio la postura que tiene hecha Francisco Calbacho a la cañería de la pila y se le admitió, y se mandó que expresase los fiadores. Y fuera de las condiciones hechas en el cabildo hecho el día tres de julio de este año se añadieron las siguientes: que el zulaque se ha de hacer con aceite de comer. Que ha de dejar toda la calle limpia y empedrada con más lo que estuviere desempedrado de la cañería vieja. Que el maestro que hiciere dicha obra ha de ser a satisfacción de esta ciudad, como los demás materiales que fueren necesarios para dicha obra. Con lo que se cerró este acuerdo y lo firmaron dichos señores, de que doy fe.
(C.H.CH. 1983. Tomo LIII, Actas del Cabildo, vol. XXX, pág. 147).

CABILDO DE 4 DE SEPTIEMBRE DE 1739

Sobre los toldos de la Plaza.- Este día propuso el señor Corregidor que todos los días encontraba en la ciudad varios desaliños y desaseos que pedían pronto remedio que se quedaban sin él por no haber de que echar mano prontamente para sus reparos. Y esto nacía de no tener la ciudad propios o rentas bastantes por lo que era digno de consideración ver el mejor modo de aumentárselos, y que entre otros el que hallaba por mejor al presente era que la ciudad (al modo que en otras partes se veía) hiciese unos toldos portátiles, y que éstos sirviesen en la plaza mayor de la ciudad para sombra de las gateras pagando por cada uno medio real sin que en esto se les haga agravio alguno porque así como lo pagan a los dueños de las casas cuyos edificios hacen sombra de todo el día; que se allegue que de este modo se consigue otro bien y es desembarazar la calzada en donde ahora y el invierno por suelo enjuto, y sobre todo esta renta se convertirá en el beneficio del común. Y habiendo conferido largamente los señores sobre este punto, y considerándolo por estar ya propuesto antecedentemente en varias ocasiones extrajudicialmente acordaron que el señor Procurador General se presente en este ayuntamiento pidiendo certificación de las rentas y gastos de esta ciudad, y con ellas se presente en gobierno y asimismo este acuerdo pidiendo al señor Presidente se sirva de conceder que se pongan en práctica dichos toldos.
(C.H.CH. 1983. Tomo LIII, Actas del Cabildo, vol. XXX, págs. 147-148).

CABILDO DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 1739

Y así juntos y congregados dichos señores dijeron que por cuanto por el acuerdo celebrado en tres de julio del presente año se acordó se hiciese de nuevo la cañería de la pila de la plaza mayor de esta ciudad trayéndose ésta por en medio de la calle, teniendo por ello presente los beneficios que de ello resultan, siendo el principal que todo el vecindario goce del agua de que hoy carece y que se compusiese la calle por donde hoy viene la cañería, y sobre todo redimirnos del censo anual de trescientos pesos que corresponde a principal de seis mil pesos que infructuosamente se han estado gastando Por todo lo cual para que llegase a noticia de todos se acordó que puestos carteles en las esquinas ( de que yo el escribano doy fe ) como también de haberse pregonado más días de los prevenidos por la ley, el último y mejor postor fue Francisco Calbacho, quien la puso en cinco mil y cuatrocientos pesos con el cargo de dar fianzas a nuestra satisfacción como las tiene dadas bajo de las condiciones que nos han parecido mejores, que son las siguientes: la primera, que ha de entregar el agua a la cañería estilada o colada. la segunda, que la dicha cañería ha de venir por en medio de la calle y que ha de tener sus cajas subterráneas a trechos para la limpia de dicha cañería, y así lo referido como la cantidad de los caños muy en particular y todos los demás materiales de que se componen dicha obra a satisfacción de los señores de este Ilustre Ayuntamiento. La tercera, que ha de afianzar la perpetuidad de dicha obra por el tiempo de diez años. La cuarta, que el zulaque se ha de hacer con aceite de comer. La quinta, que ha de dejar toda la calle empedrada con más todos los reparos que están desempedrados de la cañería antigua. La sexta, que el maestro que hiciere dicha obra ha de ser a satisfacción de la ciudad, como los demás materiales que fueran necesarios a dicha obra. La séptima, que todos los fragmentos que se sacaren de la zanja de dicha cañería se han de echar y emparejar el hoyo que está enfrente de la iglesia de la santa Recolección. La octava, que ha de poner una puertecilla de algarrobo en la caja principal de agua que está al pie del cerro con cerradura y llave. Quien no ve que solo en los diez años que se asegura su curso se ahorran tres mil pesos y viene a quedar solo dos mil y cuatrocientos pesos y mejorada para lo venidero, y libre de la pensión de los trescientos pesos anuales.
(C.H.CH. 1983. Tomo LIII, Actas del Cabildo, vol. XXX, págs. 148-149).

(Vocabulario: zulaque es el betún de estopa y cal, para tapar juntas de cañerías. Estopa: hilacha de cáñamo o tela.).




CABILDO DE 27 DE ABRIL DE 1740

Sobre emparejar la plaza y que barran las calles, que su costo se saque de balanza.- Así mismo acordaron los dichos señores se limpien las acequias y empareje la Plaza Mayor de esta ciudad y se abra troneras al puente del río de esta ciudad por empozarse el agua y no poderse transitar, cuyo costo así de emparejar la plaza y aliño del puente y barrer las pertenencias de esta ciudad, consideraron ser el de cien pesos, que junto con los ciento que anualmente se sacan para la limpia de dichas acequias hacen la cantidad de doscientos pesos, por los que asimismo pedirá libramiento dicho Procurador General, esparciendo la tierra que ha sobrado del edificio de la torre de la santa Iglesia Catedral, que ha sobrado hasta donde alcanzare. Con lo cual se cerró este acuerdo y lo firmaron dichos señores, de que doy fe.
(C.H.CH. 1983. Tomo LIII, Actas del Cabildo, vol. XXX, págs. 169-171).

CABILDO 20 DE OCTUBRE DE 1747

Sobre los carniceros que atraviesan los corderos para revenderlos.- Este día dijeron dichos señores que por cuanto se halla este Ilustre Ayuntamiento falto de señores regidores y no haber quién por este motivo haga el turno resultando de esto el penoso abuso que practican los carniceros en atravesar los corderos para después revenderlos, y lo mismo practican las regatonas atravesando todos los suministros que se traen para el abasto de la ciudad para revenderlo; y para que semejantes inconvenientes se eviten por ceder en perjuicio de la causa pública: acordaron que el dicho turno se practique por los señores jueces sin perjuicio del privilegio que para el efecto tienen los señores regidores...
(C.H.CH. 1983. Tomo LV, Actas del Cabildo, vol. XXXII, págs. 17-18).

CABILDO 23 DE OCTUBRE DE 1755

Y el dicho señor Procurador General representó asimismo que la acequia que atraviesa la Plaza Mayor de esta ciudad necesita de pronta compostura, pues está a la vista el mal estado en que se halla, a causa de que los maderos que la cubren o sirven de puentes están en partes corruptos y que en otras faltan enteramente por haberlos consumido el tiempo, cuyo efecto da mérito a la continua inundación y que a más de ser dicha refacción precisa y de su obligación el repararla se hace más recomendable en el presente tiempo por aproximarse la entrada del señor Mariscal don Manuel de Amat, Gobernador y capitán General de este Reino...
(C.H.CH. 1983. Tomo LV,. Actas del Cabildo, vol. XXXII, págs. 134-135).

CABILDO 22 DE ENERO DE 1757

Este día el señor General don Pedro José de Lecaros y Ovalle, Corregidor y Justicia mayor de esta dicha ciudad y Lugarteniente de Capitán General en ella, manifestó una carta del muy Ilustre señor presidente en que su señoría manda que el derecho de los toldos de la plaza, luego que se concluya el arrendamiento de ellos, se ponga en administración de persona idónea y de entera satisfacción, para venir en pleno conocimiento de lo que produce dicho derecho para regular su valor en la hacienda, cuya orden obedecieron gustosos loa señores capitulares apreciando el particular de cada uno el celo con que el señor Presidente atiende al adelantamiento y cuidado de la ciudad.

Asimismo acordaron dichos señores como dieron comisión bastante al señor Regidor de Moradores para que arregle las ventas del abasto de esta ciudad, formando aranceles por lo respectivo a lo que se vende en la plaza y pescadería, y que hecho se traiga para su aprobación.
(C.H.CH. 1983. Tomo LV, Actas del Cabildo, vol. XXXII, pág. 161).

CABILDO DE 4 DE MARZO DE 1757

Este día el señor procurador General expuso como en la Real Junta de balanza se le había dado traslado de una proposición hecha por el señor Presidente, Gobernador y Capitán General de este Reino quien deseoso de los mayores adelantamientos de esta ciudad pensaba que en lugar de toldos que en la Plaza Mayor de ella cubren a los vendedores , cuyo producto es uno de los ramos de sus propios, se construyesen unos asientos de firme bajo los cuales se puede mantener el abasto, en todas estaciones de invierno y de verano, con mayor aseo y mejor arreglamiento, y que aunque su costo podía emprenderse con lo que han redituado dichos toldos desde el día primero de enero de este presente año que se pusieron en administración de orden de dicho señor, ahorrándose la piedra y cal que debe tener esta ciudad de los sobrantes del tajamar; pero siendo natural que no alcance su importe al contado que se necesita que se supliese su entero del Ramo de Balanza, para lo cual era preciso que se acordase antes todas cosas, así lo respectivo al gasto de Propios como para hacer expedito el libramiento de la cantidad que sea necesaria en el ramo de balanza. Y habiendo conferido largamente sobre el asunto, unánimes y conformes dichos señores acordaron que dicha obra siendo como es útil y de conocido provecho se le debían dar las gracias a dicho señor, y libraron a este fin el caudal de Propios que haya rezagado y en adelante se recogiere en poder de dicho administrador y que para lo que faltase el señor Procurador General se presente en la Real Junta de balanza pidiendo la cantidad que fuere necesaria por su entero como se acostumbra en dichas obras públicas.
(C.H.CH. 1983. Tomo LV, Actas del Cabildo, vol. XXXII, págs. 164-165).

CABILDO 23 DE NOVIEMBRE DE 1757

Asimismo este día dicho Corregidor expuso como se trataba de llenar la Plaza Mayor de esta ciudad de orden del referido señor Presidente, y que respecto de que se ha de hacer nueva cárcel, le parecía que toda la tierra que saliese de la demolición de la presente se emplease en llenar dicha plaza, porque de esta suerte ahorraba la ciudad el costo de acarreos de tierras de partes distantes y del que causaría el sacar a los mismos lugares la de la cárcel; por lo que le parecía conveniente que el señor Procurador General se presente con testimonio de este acuerdo ante el dicho presidente por lo respectivo al primer punto como por lo que mira a este último, para que su Señoría como tan propenso al bien público, delibere lo que fuere de su superior agrado que siempre será lo más conforme a la justicia...
(C.H.CH. 1983. Tomo LV, Actas del Cabildo, vol. XXXII, pág. 178-179).

CABILDO DE 9 DE JUNIO DE 1758

Igualmente acordaron los dichos señores que atento a que los toldos que servían a los abastecedores de la plaza se hallan del todo inservibles y despreciables, y que están embarazando ociosamente un cuarto sin esperanzas de que se puedan vender por estar todas las jergas podridas, que se le entreguen al señor Procurador General para que apartando aquello que le pareciere necesario para los pobres enfermos de la cárcel, lo demás los mande remitir al Hospital Real del Señor San Juan de Dios, para que el reverendo Padre Prior les de la aplicación que fuere de su agrado para alivio de aquellos pobres enfermos.
(C.H.CH. 1983. Tomo LV, Actas del Cabildo, vol. XXXII, págs. 203-204).

CABILDO DE 15 DE FEBRERO DE 1760

...continuos clamores que esparcía el público demanados de las violentas y graves enfermedades que padece... así por lo pernicioso de las comidas de viernes que continuadas es natural aumenten la epidemia que hoy se padece con perdida de mucha gente, como porque la escasez de miniestras sobre que pide informe al señor Juez de Abasto) no es regular pueda mantener al vecindario. Y estando presente dicho juez de Abastos informó in boze que desde que se le diputó por este Ilustre Cabildo para que visitase las Casas de Abasto lo ha practicado diariamente y ha reconocido la suma escasez de miniestras y verduras...
(C.H.CH. 1987. Tomo LVI, Actas del Cabildo, vol. XXXIII, págs. 17-18).

CABILDO EXTRAORDINARIO DE 6 DE JUNIO DE 1760

En la ciudad de Santiago de Chile en seis días del mes de junio de mil setecientos sesenta. Los señores del ilustre Cabildo, Concejo, Justicia y Regimiento de esta dicha ciudad, sin embargo de ser día feriado, en conformidad de lo resuelto por la Real Junta de Balanza del día catorce de mayo próximo pasado, diputaron para la vista de ojos y reconocimiento de las casas de abasto al señor General don Juan Francisco de Larraín, Regidor Decano de esta dicha ciudad, y al señor don José de Saravia, Regidor igualmente de ella, quienes parasen conmigo el presente escribano al expresado reconocimiento empezando por el costado que cae a la Plaza reconocieron que los mostradores destinados a los carniceros están casi del todo inservibles y por la poca solidez de su fábrica y que los poyos sobre que cargan están igualmente casi todos desmoronándose, porque la mezcla con que se unieron las piedras parece no haber sido buena, y debajo de dichos corredores se hallaron ciento y noventa y tres garfios de fierros clavados en la muralla, y ha habiendo internado a la calle que conforman las dichas casas se reconocieron cincuenta y ocho y medio mostradores, los más de ellos maltratados aunque no tanto como los antecedentes, y todos son pedazos de madera, la más de ella de patagua, mal ajustada y peor clavada.- Ítem reconocieron treinta y siete cajones de mercadería todos con sus llaves correspondientes.
(C.H.CH. 1987. Tomo LVI, Actas del Cabildo, vol. XXXIII, pág. 53).

CABILDO DE 16 DE ABRIL DE 1771

Sobre un rollo para la plaza.- Acordaron dichos señores que con motivo de haber insinuado el señor presidente que se pusiese un rollo en la plaza de esta ciudad; y estando acordado esta misma obra de acuerdo a lo celebrado en cuatro de diciembre del año pasado de mil setecientos setenta y uno y encomendado su gasto al señor don Luis Manuel Zañartu, de que no ha tenido razón hasta ahora este Ilustre cabildo, experimentando únicamente el ningún efecto que ha tenido la mencionada deliberación para proceder con su construcción, dé razón dicho señor don Luis con la posible anticipación de la comisión referida, de lo que ejecutó en su consecuencia, de lo que recibió para ello y de los motivos que tuvo para su suspensión y que en su vista se acordara prontamente sobre el verificativo de la referida obra.
(C.H.CH. 1989. Tomo LVII, Actas del Cabildo, vol. XXXIV, pág. 11).

(Rollo: denominación dada a una piedra o madero donde se ajusticiaba o se daba martirio público a quienes eran sancionados por la ley. Se le conocía, además, como “árbol de la justicia).

CABILDO 28 DE NOVIEMBRE DE 1771

Sobre que el agua de la pila de la Plaza Mayor venga tapada desde su bocatoma del río.- Así mismo acordaron que para que el agua que viene a la pila de donde se provee cuasi todo el vecindario se mantenga con la limpieza que debe, como que de lo contrario pueden originarse muchas enfermedades: que dicho señor Procurador general se presente al Superior Gobierno para que conceptuándose preciso venga la agua de el modo dicho se sirva su señoría de dar la providencia que le parezca a su superior justificación conducente para que venga dicha agua desde la bocatoma de el río hasta la primera caja donde entra tapada, habiéndose si su señoría lo tiene por conveniente, el gasto de esta obra de el Ramo de Balanza, destinado por su majestad nominándose a éste y otros fines del bien público.
(C.H.CH. 1989. Tomo LVII, Actas del Cabildo, vol. XXXIV, págs. 30-31).

CABILDO DE 22 DE FEBRERO DE 1799

Sobre rematar la plaza de toros.- Dijeron que por cuanto en Acuerdo en diez y nueve de octubre último se dio comisión al señor alcalde de Primer Voto para que rematase la plaza de toros, obligando al subastador para que a más del contado que ofreciese diese el apronto de toros, iluminación de la plaza, refresco acostumbrado a los tribunales y demás necesario para el mayor lucimiento de la función...
(C.H.CH. 1992. Tomo LIX, Actas del Cabildo, vol. XXXVI, pág. 43).

CABILDO DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 1799

Sobre Pilones.- Así mismo acordaron que en atención al incremento que ha tomado y toma cada día el vecindario, y que a fin de ocurrir a las necesidades públicas ha librado y libra cada día este Cabildo las más serias providencias, mediante las cuales se han establecido pilones para que suministren agua a distintos vecindarios de la ciudad; y no siendo de menor consideración la de la Parroquia de Santa Ana por su mísera constitución y notoria pobreza, en la que a más de los muchos vecinos que la circulan y habitan, tienen muy distante este socorro, penosísimo en todas las estaciones del año. El señor procurador General de Ciudad se presente con testimonio de este acuerdo al Muy Ilustre Señor Presidente, para que siendo su señoría servido libre las providencias oportunas para que a la mayor brevedad se construya un pilón o pila en aquella plazuela, librando su costo del ramo que ha sufragado a los demás.
(C.H.CH. 1992. Tomo LIX, Actas del Cabildo, vol. XXXVI, pág. 45-46).

CABILDO DE 6 DE MARZO DE 1801

Sobre que de resultas de la construcción de la pila de Santa Ana se fabrique un pilón en su intermedio.- Vista la solicitud del señor procurador General de Ciudad, dirigida a que en atención a que se va a construir una pila de agua en la plazuela de Santa Ana en cuya obra se está trabajando actualmente, se deje un pilón corriente en la medianía que hay antes de ésta y la de la Plaza Mayor, y asimismo se refacciones la taza y pretil de esta última, que se halla sin corriente, derrumbada y rota...
(C.H.CH. 1992. Tomo LIX, Actas del Cabildo, vol. XXXVI, pág. 59).

CABILDO DE 4 DE JUNIO DE 1802

Sobre comisionar al regidor que debía tomar razón de los ranchos que hay en la ciudad.- ...era indispensable tener a la vista una razón formal y específica, así de los individuos que habitan los setecientos cuarenta y tres ranchos que abrazan los cuatro cuarteles en que está distribuida la Ciudad, como de sus legítimos y verdaderos dueños...[ ]...para que con reconocimiento de estos antecedentes exponga a la mayor brevedad cuanto tuviere por conveniente para hacer exequible la extinción de las nominadas chozas o ranchos, a que propende el infatigable celo del Muy Ilustre Señor Presidente...
(C.H.CH. Tomo LIX. Actas del Cabildo Tomo XXXVI. Pág. 74. Año 1992)

CABILDO DE 1 DE FEBRERO DE 1813

Arriendo del edificio del basural.- Se vio después el decreto de la Excelentísima Junta de 25 del próximo pasado mes, en que se concede á don José Joaquín de Alderete el arrendamiento del edificio de ladrillo del Basural, que también han solicitado don Vicente Urbistondo y don José María de los Alamos, cuyo negocio no se ha determinado hasta ahora por el Cabildo, á causa del inconveniente que presenta la circunstancia de hallarse destinado este edificio para guardar los utensilios del Presidio, y guarecer del sol á los presidiarios á la hora de la comida; y como se hallase instruido el Excelentísimo Gobierno, se creyó que al dictar el supra dicho decreto no se tuvo presente lo ocurrido con Alamos y Urbistondo; por lo cual se acordó reunir en un cuerpo las dos solicitudes hasta su resolución, contestando á S.E. lo acordado.
(Actas del Cabildo Durante el Período llamado de la Patria Vieja. Fondo Histórico y Bibliográfico José Toribio Medina. Guillermo Feliú Cruz. Pág. 187. Santiago 1960).

CABILDO DE 25 DE JUNIO DE 1814

Empedrado de la Plaza.- Luego se representó por el señor alcalde don Francisco Borja Fontecilla estar comisionado por el Superior Gobierno para poner en planta la obra de empedrado de la Plaza, cuyos gastos debían hacerse del ramo de abastos, y que no pudiendo poner en obra este trabajo tan útil sin saber el dinero que resultase á favor de los propios de las cuentas del subastador, convenía se le exigiese á la mayor prontitud; y los señores acordaron se requiriese por el secretario á dichos subastadores para que rindiesen para la siguiente audiencia sus cuentas, y con ello se pasó el correspondiente oficio.
(Actas del Cabildo Durante el Período llamado de la Patria Vieja. Fondo Histórico y Bibliográfico José Toribio Medina. Guillermo Feliú Cruz. Pág. 320-321 Santiago 1960).

CABILDO DE 5 JULIO DE 1814

Pila de San Isidro.- Luego se relacionó el expediente agitado por el párroco y vecindario de la parroquia de San Isidro sobre la refacción y compostura de la pila para abastecerlo de las aguas [de] que tanto tiempo carece por su inhabilitación; y orientados los señores de su estado, del informe que ha producido don Ramón Moreno y de lo expuesto por el Procurador General, acordaron se evacuase el informe pedido por el Supremo Gobierno, recomendando lo que pide y haciendo ver que la medida que propone debe adoptarse como un medio el más seguro que proporciones el consuelo de la necesidad que padece el vecindario de San Isidro con la falta de las aguas de la pila.
(Actas del Cabildo Durante el Período llamado de la Patria Vieja. Fondo Histórico y Bibliográfico José Toribio Medina. Guillermo Feliú Cruz. Pág. 324. Santiago 1960. )

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Claudio Villarroel Vidal cvillarroelvidal@gmail.com Deja tu comentario u aporte.